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Antecedentes penales no pueden ser impedimento para acceder a cuenta de ahorros
Richard santaLa Corte Constitucional emitió un fallo en el cual señala que Los antecedentes penales no pueden convertirse en una carga perpetua que limite el ejercicio de derechos fundamentales, ni pueden constituir un obstáculo permanente para el desarrollo de un proyecto de vida digno, amparando así los derechos fundamentales de un ciudadano que, por tener antecedentes penales, enfrentó la negativa de los bancos para abrirle una cuenta de ahorros.
De acuerdo con los detalles del caso publicados por la Corte, Augusto acudió varias veces ante Bancolombia, Nequi y Davivienda para abrir una cuenta de ahorros. En todos sus intentos, los bancos se negaron al advertir que el cliente no cumplía con sus políticas del SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo) debido a antecedentes penales derivados de una condena impuesta en 2017. Al respecto, Augusto manifestó que, tras cumplir su pena, se dedicó a trabajar en la venta de alimentos para eventos y a dar asesoría contable y tributaria a un hogar del adulto mayor.
Por solicitud de los bancos y con el fin de demostrar su actividad económica, Augusto acreditó que ya había cumplido su condena y que justificaba el origen lícito de sus ingresos. Sin embargo, nunca obtuvo respuesta. Esta circunstancia le impidió acceder al sistema financiero, lo cual, a su vez, generó obstáculos en su actividad laboral. Para recibir los pagos de sus clientes, se le exigía tener una cuenta bancaria a su nombre. Al no contar con una, se vio obligado a depender de terceros para gestionar sus ingresos. Por lo anterior, el ciudadano presentó una acción de tutela en la que solicitó que los bancos accionados analizaran a fondo la documentación aportada y le dieran una respuesta a su solicitud.
En este caso, la Sala Primera de Revisión, integrada por la magistrada Natalia Ángel, quien la preside, la magistrada Diana Fajardo y el magistrado Juan Carlos Cortés, concluyó que la negativa de los bancos a abrir una cuenta a Augusto vulneró sus derechos fundamentales y reiteró que una entidad financiera no puede imponer barreras de acceso automáticas a una persona solo por el hecho de tener antecedentes penales. La negativa de vinculación debe sustentarse en criterios objetivos y razonables, y debe considerar el riesgo acorde con el perfil particular de cada persona.
La Corte también llamó la atención sobre el riesgo de trasladar todos los controles del SARLAFT a la fase previa a la contratación. Al respecto, se advirtió que, si las entidades concentran allí toda la gestión del riesgo, pueden imponer barreras desproporcionadas para quienes buscan participar legítimamente en la vida económica. En esa medida, el sistema de prevención de riesgos contempla una fase de control, que permite hacer seguimiento a las operaciones del usuario sin impedirle de forma anticipada el acceso a productos financieros.
La decisión resalta que el acceso a servicios financieros no es un privilegio, sino una condición necesaria para ejercer otros derechos y garantizar la reincorporación social de quienes cumplieron con su condena. La Corte enfatizó en que “quien ha cumplido su pena tiene derecho a un nuevo comienzo, sin que el sistema pueda imponerle sanciones adicionales que lo condenen a la exclusión económica y social. Lo anterior, dado que la reinserción no es solo un objetivo abstracto del derecho penal; sino que es una obligación constitucional que exige que la sociedad, en conjunto, ofrezca oportunidades reales a quienes buscan reconstruir su vida, después de haber cumplido con una sanción penal”.
Además de ordenar la apertura de la cuenta solicitada, la Corte impartió medidas estructurales. En particular, se ordenó: (i) a las accionadas revisar sus procedimientos internos para evitar decisiones automáticas y discriminatorias y (ii) a la Superintendencia Financiera expedir una circular con lineamientos claros sobre el acceso al sistema financiero de personas con antecedentes penales para asegurar un equilibrio entre la prevención de riesgos y la inclusión social.
Concepto 050, Inversión a largo plazo – Tratamiento contable
Richard santaA través del Concepto 050 del 4 de abril de 2025, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio respuesta a una consulta sobre la inversión a largo plazo – Tratamiento contable.
CTCP actualizó el Reglamento Interno y el de los Comités Técnicos ad honorem
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, organismo de normalización técnica en materia de contabilidad, información financiera (incluida la relacionada con sostenibilidad) y aseguramiento de la información, anunció la actualización de su Reglamento Interno y de los Comités Técnicos ad honorem.
En el caso del Reglamento Interno, en uso de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por los numerales 6º del Artículo 33 de la Ley 43 de 1990 y 11º del Artículo 1º del Decreto 3567 de 2011, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, expidió una nueva versión de su Reglamento Interno que le permite cumplir con su obligación al respecto.
En el caso del otro reglamento, tiene por objeto establecer los principales criterios y procedimientos para la conformación y funcionamiento de los Comités Técnicos Ad honorem, en los términos de la Ley 1314 de 2009.
Los nuevos reglamentos rigen a partir de la fecha de su aprobación, y dejan sin efecto los reglamentos internos anteriores del CTCP. Fueron aprobados en sesión celebrada el día 11 de marzo de 2025, como consta en el Acuerdo No. 11 de 2025. Fueron firmados por el consejero Presidente Jimmy Jay Bolaño Tarrá y los consejeros Sandra Consuelo Muñoz M., Jairo Enrique Cervera R. y Jorge Hernando Rodríguez H.
Contribuyentes ya pueden acceder al prevalidador de conciliación fiscal 2024 de la DIAN
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa que se encuentra disponible la nueva versión del Prevalidador Reporte_Conciliacion_Fiscal_F2516V8_AG2024_v1.0.0-2025-1 del año gravable 2024.
El Reporte de Conciliación Fiscal debe ser diligenciado y presentado a través de los servicios digitales de la DIAN, por los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario obligados a llevar contabilidad o quienes de manera voluntaria decidan llevarla y que declaren en el formulario 110, cuyos ingresos brutos fiscales obtenidos en el período gravable objeto de conciliación sean iguales o superiores a 45.000 UVT ($2.117.925.000 año 2024).
En esta herramienta digital, desarrollada por la DIAN, se reportan los saldos contables y fiscales, así como las diferencias entre la aplicación de las normas contables y las disposiciones del Estatuto Tributario.
Instrucciones para el uso del prevalidador
Para utilizar la herramienta, siga estos pasos:
- Acceda al portal de la DIAN: www.dian.gov.co
- Diríjase a la pestaña transaccional / Otros servicios / Prevalidadores - Opción Impuestos y haga clic en "Reporte Conciliación Fiscal F2516v8 (Año gravable 2024)".
- Descargue el archivo en formato ZIP. Una vez descargado, ábralo e instálelo en su computador.
- Diligencie la información requerida en el prevalidador
- Presente el archivo XML generado a través de los servicios digitales de la DIAN.
Recuerde que esta información debe presentarse previo a la presentación de la declaración de renta y complementarios, dentro de los plazos establecidos por la ley, y que la entidad tendrá disponible sus servicios digitales para hacerlo a partir de este 28 de marzo.
Para mayor claridad acerca de los plazos, consulte el Calendario Tributario DIAN
Banco de la República mantiene estable tasa de interés de política monetaria en 9.5%
Richard santaLa Junta Directiva del Banco de la República decidió, por mayoría, mantener inalterada la tasa de interés de política monetaria en 9,5%.
Cuatro directores votaron a favor de esta decisión y tres por una reducción de 50 pbs. En su discusión de política, la Junta Directiva tuvo en cuenta los siguientes elementos:
- Luego de tres meses de permanecer estable en 5,2%, la inflación anual en febrero tuvo un ligero incremento a 5,3%. Los aumentos más importantes se presentaron en los precios de los alimentos procesados y de algunos regulados como gas y transporte. La inflación sin alimentos ni regulados continuó reduciéndose y pasó de 5,0% a 4,9%. Las expectativas de inflación a corto plazo provenientes del mercado de deuda disminuyeron, en tanto que aquellas obtenidas de las encuestas aumentaron. Las dos fuentes de información muestran expectativas de inflación por encima de la meta de 3% en horizontes de uno y dos años.
- Los riesgos de presiones inflacionarias persisten asociados con los retos fiscales y la incertidumbre en el frente externo.
- Después de registrarse un crecimiento anual del PIB de 2,4% en el cuarto trimestre de 2024, el Indicador de Seguimiento a la Economía (ISE) para enero arrojó una variación anual de 2,5%. Datos de alta frecuencia sugieren que la demanda interna habría seguido fortaleciéndose en el primer trimestre favorecida por el buen comportamiento del consumo privado y de la inversión. En línea con lo anterior, el equipo técnico aumentó su pronóstico de crecimiento económico para 2025 del 2,6% al 2,8%.
- El mercado laboral continúa mostrando buenos registros en términos de incrementos de la tasa de ocupación y caídas de la tasa de desempleo.
- Se prevé que las condiciones financieras externas se mantengan restrictivas en un entorno de una lenta normalización de la política monetaria en los Estados Unidos. Lo anterior en un contexto de incertidumbre sobre los efectos de las políticas migratoria y comercial de ese país y sus consecuencias sobre la economía global.
La decisión de no modificar la tasa de interés mantiene una postura cautelosa de la política monetaria a la espera de allegar nueva información en los próximos meses que permita contar con mayores elementos de juicio para determinar la posibilidad de nuevos recortes en la tasa de interés. Esta decisión mantiene el compromiso de la Junta con la convergencia de la inflación a la meta en un contexto de recuperación del crecimiento económico.
Proyecto de Decreto, normas aplicables a la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo
Richard santaEl Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios hasta el 02 de abril de 2025, "Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 y se adiciona el Libro 44 a la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las normas aplicables a la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común, en desarrollo de lo previsto en la Ley 2381 de 2024."
Desde Medellín, la DIAN presentó líneas estratégicas para apalancar el recaudo de Impuestos Nacionales
Richard santaEn desarrollo del primero de seis encuentros denominados 'Agenda estratégica DIAN 2025: por las regiones, por el país', el director general (e) de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Luis Eduardo Llinás Chica, presentó las líneas estratégicas con las que busca impulsar el recaudo de los impuestos nacionales durante este año.
Esta serie de espacios internos de construcción colectiva tienen como objetivo llegar a los territorios para trabajar de la mano con los directores seccionales de la entidad en la identificación y definición de acciones concretas que permitan avanzar en la modernización y en el cumplimiento de las metas institucionales.
El plan del directivo está basado en seis líneas estratégicas que son apalancadas a través de diez acciones concretas.
“Estamos haciendo una integración de esfuerzos para ejecutar bien los recursos y para generar un sistema de aduanas y un sistema tributario que nos permitan cambiar la cultura de revisar las declaraciones de manera posterior, hacia una cultura de administración de riesgos de cumplimiento, que es el nuevo modelo de cobranzas con el que estamos trabajando en la DIAN; se trata de un modelo preventivo donde estimamos, a partir del cruce de información con otras entidades, qué impuestos deben pagar los colombianos", afirmó el director Llinás.
Resaltó que algunas de esas acciones están direccionadas al fortalecimiento del Centro Nacional de Cobro para aumentar su efectividad y elevar la cartera recuperada de la DIAN, esto sumado a la creación de un Centro Nacional de Persuasión para acompañar a esos contribuyentes con incumplimientos tributarios en etapas tempranas en el propósito de lograr la normalización de sus obligaciones sin llegar a la apertura de un expediente.
El directivo mencionó que también se vienen implementando proyectos piloto para fiscalizar en detalle algunos sectores de la economía que registran bajo cumplimiento tributario y se avanza en protocolos para reducir los tiempos que le toma a la entidad identificar contribuyentes incumplidos e iniciar procesos de fiscalización.
Por su parte, los directores seccionales convocados a este primer encuentro (Impuestos Medellín, Aduanas Medellín e Impuestos y Aduanas de Montería, Quibdó, Urabá, Armenia, Pereira, y Manizales) presentaron sus logros y programas exitosos de cara a alcanzar las metas asociadas, entre otros temas, al cobro y fiscalización tributaria.
El Director General de la entidad aseguró que junto con su equipo directivo desarrollará otros cinco encuentros en Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Bogotá y Villavicencio, en los que agruparán a los directores seccionales de cada región, de tal manera, que en las próximas tres semanas se cubran las 52 direcciones seccionales de todo el país y, de esta manera, sincronizar el nivel central con el nivel territorial, además de abrir canales de comunicación efectivos para hacer acompañamiento y seguimiento a la gestión en busca de promover y facilitar el cumplimiento de las metas de gestión.
DIAN pone a disposición de los contribuyentes el Prevalidador de Conciliación Fiscal AG 2024
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informa que se encuentra disponible el prevalidador para el Reporte de Conciliación Fiscal correspondiente al año gravable 2024 Reporte Conciliación Fiscal F2516v8 (Año gravable 2024), anexo al formulario 110. Este documento debe ser diligenciado y presentado a través de los servicios digitales de la entidad.
Dicho reporte debe ser presentado por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios que están obligados a llevar contabilidad, así como por aquellos que, de manera voluntaria, decidan llevarla y que declaren en el formulario 110 cuyos ingresos brutos fiscales obtenidos en el periodo gravable objeto de conciliación sean iguales o superiores a 45.000 UVT.
El prevalidador puede ser descargado a través del siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Prevalidadores.aspx ???? opción Impuestos.
Tenga en cuenta
Es pertinente tener en cuenta que el Artículo 3° de la Resolución No. 000071 del 28 de octubre de 2019 establece que el 'Reporte de Conciliación Fiscal' debe ser presentado con anterioridad a la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente, de acuerdo con los plazos establecidos por el Gobierno Nacional.
El servicio para la presentación de las solicitudes de conciliación fiscal estará disponible a partir del viernes 28 de marzo de 2025.
A discusión pública Propuesta para Resolución de Educación de programas de Contaduría Pública
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP-, organismo de normalización técnica en Colombia en materia de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información, pone a disposición para discusión pública la Propuesta para la Resolución de Educación de los programas de Contaduría Pública.
Este documento es el resultado del trabajo del Comité Nacional de Educación conformado por el Consejo Técnico, y representa un esfuerzo colectivo público-privado para garantizar la calidad y pertinencia de los programas de Contaduría Pública en Colombia.
La reactivación de los comités regionales y del nacional en agosto de 2022 marcó un hito en la búsqueda de una educación contable alineada con los desafíos internacionales y locales de la profesión, consolidando un espacio interdisciplinario y regional para la discusión y construcción de propuestas innovadoras.
Además, esta iniciativa forma parte integral del recientemente publicado Documento de Orientación Pedagógica Nº. 23 (DOP 23), titulado “Propuesta para la Construcción de Programas de Educación de Contaduría Pública”, el cual establece lineamientos clave para la evolución y fortalecimiento de la educación contable en el país.
El CTCP invita a todos los interesados a participar en la discusión pública remitiendo sus comentarios a los correos electrónicos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Para facilitar la revisión, se solicita que cada observación haga referencia al número de párrafo correspondiente, señalado con corchetes [ #]. El plazo máximo para la recepción de comentarios es el 30 de abril de 2025 hasta las 5:00 p.m.
Los aportes recibidos serán evaluados y, con base en ellos, se ajustará el documento final. Posteriormente, será presentado al Ministerio de Educación Nacional con el propósito de actualizar la Resolución 1459 de diciembre de 2023, “Por la cual se definen las características específicas de calidad para los programas de formación profesional de pregrado en Contaduría Pública”.
CTCP publicó Documento 23 Propuesta para construcción de programas de Contaduría Pública
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP- organismo de normalización técnica en Colombia en materia de contabilidad, información financiera, aseguramiento y divulgación de información sobre sostenibilidad, publicó un nuevo documento de orientación pedagógica. Se trata del DOP No. 23 que presenta una propuesta para la construcción de programas de Contaduría Pública.
Este documento surge del Comité Nacional de Educación conformado por el Consejo Técnico, y representa un esfuerzo colectivo público-privado para garantizar la calidad y pertinencia de los programas de contaduría pública en Colombia. Su reactivación en agosto de 2022 marcó un hito en la búsqueda de una educación contable alineada con los desafíos internacionales y locales de la profesión, consolidando un espacio interdisciplinario y regional para la discusión y construcción de propuestas innovadoras.
El documento se desarrolla a través de cuatro capítulos: una introducción, los objetivos, el desarrollo de una propuesta y los créditos sobre el documento. En palabras de sus autores es una propuesta integral que busca garantizar la calidad de los programas de Contaduría Pública, alineada con las demandas de confianza pública y pertinente para los contextos profesionales globales y locales.
En la introducción se abordan los antecedentes que llevaron a la redacción del documento y se presenta la metodología para la discusión y consolidación de la propuesta de resolución de calidad de los programas de Contaduría Pública.
En la parte de los objetivos se aborda la Fundamentación teórica, conceptual y regulativa, las tendencias y dinámicas nacionales e internacionales, el desarrollo profesional, perfil y competencias y un diagnóstico de competencias y necesidades.
A partir de lo expuesto en el documento el Comité Nacional de Educación elaborará un documento que contendrá una propuesta para la Resolución de Educación de los programas de Contaduría Pública en pregrado, dirigida al Ministerio de Educación Nacional. [160] Esta propuesta incluirá, entre otros aspectos, el perfil del contador público en Colombia, la definición de las competencias que deben ser acreditadas, organizadas en diversas categorías: teórico-científicas, analíticas, éticas, de gobernanza y sostenibilidad, digitales y de adaptabilidad, interpersonales y de liderazgo. Asimismo, se establecerán las áreas de formación.
Las regiones participantes fueron: Antioquia y Eje Cafetero, Valle del Cauca y Suroccidente, Caribe, Oriental y Centro. Cada comité regional cuenta con representantes académicos destacados, entre ellos Carlos Vargas González (Universidad de Medellín), Jorge Alexander Rodríguez Otálora (Universidad Libre Seccional Cali), Marta de Jesús Mármol Daza (Universidad Cooperativa de Colombia – Sede Santa Marta), Germán Ospina Hernández (Universidad Francisco de Paula Santander) y María Elena Escobar (Universidad Externado de Colombia), bajo la coordinación de Jairo Enrique Cervera, consejero técnico del CTCP.
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PR, especificaciones técnicas para la transmisión y entrega de la información de la Declaración de Importación
Richard santaLa DIAN publicó el proyecto de resolución por medio de la cual se establecen las especificaciones técnicas para la transmisión y entrega de la información de la Declaración de Importación a través del servicio web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Por lo anterior, recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 28 de marzo de 2025, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Por día cívico, DIAN modificó plazos para cumplimiento de obligaciones tributarias
Richard santaComo consecuencia de la declaratoria de día cívico nacional establecida mediante el Decreto 302 de 2025, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa que se corren los plazos para la presentación y pago de las obligaciones tributarias correspondientes al mes de marzo, teniendo en cuenta que el Decreto 2229 de 2023 (decreto de plazos) se encuentra definido en términos de días hábiles.
Esta declaratoria impacta particularmente a las obligaciones de Retención en la Fuente, Impuesto a las Ventas e Impuesto Nacional al Consumo. Según los nuevos plazos, los vencimientos quedan estipulados así:
Día - Último dígito del NIT
19 - 6
20 - 7
21 - 8
25 - 9
26 - 0
Asimismo, con relación al impuesto Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF), el plazo correspondiente a la semana 10 quedó fijado para el 19 de marzo de 2025.
La DIAN invita a todos los contribuyentes a tener en cuenta estos cambios y así evitar inconvenientes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
DIAN embargará a quienes facturaron, pero no pagaron impuestos
Richard santaEn el marco de la jornada nacional de cobro "Al día con la DIAN, le cumplo al país", que se llevará a cabo esta semana, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) embargará facturas por $5.7 billones a 21.649 contribuyentes morosos, quienes, a pesar de facturar millonarias sumas, no han pagado sus impuestos, acumulando deudas por $2.6 billones.
Bogotá lidera el listado de embargos con el 53.6% del total, equivalente a $3 billones en facturas retenidas. Le siguen Medellín con $814.000 millones, Barranquilla con $488.000 millones, Montería con $309.000 millones y Cali con $273.000 millones.
“Los casos de quiénes adeudan más de $210.000 millones en impuestos como IVA e Impoconsumo serán llevados ante la Fiscalía General de la Nación para que esta entidad adelante las acciones penales del caso. Estamos trabajando para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y reducir la evasión, por eso hacemos un llamado a quiénes tienen deudas con la DIAN para que se pongan al día y eviten sanciones administrativas y penales", indicó Luis Eduardo Llinás Chica, director general (e) de la DIAN.
Los mayores deudores de estos dos impuestos incluyen empresas clasificadas como grandes contribuyentes con deudas por $96.2 mil millones, seguidas por morosos de las ciudades de Bogotá ($65 mil millones), Medellín ($22.2 mil millones), Cali ($5 mil millones) y Barranquilla ($4.8 mil millones).
Es importante recordar que la normatividad vigente establece que el incumplimiento en el pago de impuestos recaudados, como el IVA y el Impuesto al Consumo, puede dar lugar a prisión de 4 a 9 años y multas del doble de lo no consignado, sin superar los $5.079.498.000 para 2025 (102 mil UVT)
Producción controlada del intercambio digital de certificados de origen con Bolivia
Richard santaEn cumplimiento de lo establecido en la Resolución 2457 del 16 de diciembre de 2024, los gobiernos de la República de Colombia y el Estado Plurinacional de Bolivia han acordado iniciar, a partir del 18 de marzo de 2025, la etapa de producción controlada para la implementación del intercambio digital de certificados de origen (CDOs) en el marco de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).
El diligenciamiento y presentación de los CDOs continuará bajo las mismas condiciones establecidas desde el pasado 28 de febrero.
Una vez revisado y aprobado el COD, a través del servicio informático estará disponible para consulta la versión XML y PDF del Certificado, en este último, en la casilla de observaciones, el exportador podrá consultar el identificador del COD, denominado CertificateID, para efectos de comunicar dicho código al importador y permitir la continuidad del trámite ante la aduana de destino.
Importante
Se reitera que la duración de este periodo de producción controlada está sujeta al acuerdo entre Colombia y Bolivia, quienes determinarán la fecha definitiva de entrada en operación.
Para cualquier inquietud relacionada con el proceso, puede escribir al buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.