El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 23 de enero de 2020, el Proyecto de Decreto "Por el cual se reglamentan los artículos 55, 126-1, 126-4, 206, 206-1,235-2, 383, 387 y 388 del Estatuto Tributario y se modifica el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria", referente a la retención de personas naturales.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

El Departamento Administrativo de la Función Pública, emitió el Decreto 2365 del 26 de diciembre de 2019, por el cual se adiciona el Capítulo 5 al Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de Función Pública, relacionado con el ingreso de los jóvenes al servicio público.

 

Para conocer el Decreto 2365 completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a los Exportadores que certifican el origen de las mercancías en factura para los países de la Unión Europea y EFTA, que estén facturando electrónicamente, que pueden incorporar el texto de la declaración en factura o declaración de origen establecido en los acuerdos comerciales, en los elementos NOTE de la factura electrónica.

 

La entidad aclaró que estos elementos NOTE son opcionales y pueden ser utilizados la cantidad de veces como se requiera para ingresar toda la información pertinente, para dar claridad o referenciar algo.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el proyecto de decreto "Por el cual se reglamenta el parágrafo 2 del artículo 257 y el parágrafo del artículo 357 del Estatuto Tributario, se adicionan y sustituyen unos artículos a los Capítulos 4 y 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en materia tributaria", referente al Certificado de donante, entidades financieras, ESAL y otros.

 

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 23 de enero de 2019.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Con el fin de fortalecer las capacidades de la Superintendencia de Sociedades en el cumplimiento de su rol como supervisor, la Entidad modificó la Política de Supervisión, de forma tal que pueda contribuir con su propósito de contar con sociedades competitivas, productivas y perdurables, para lograr generar más empresa, más empleo.

 

"El universo de supervisión de los asuntos a cargo de la Entidad ha crecido. Adicionalmente tenemos un entorno que exige una revisión permanente de las estrategias para lograr el cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias, en materia societaria y contable, para que la supervisión, protección y fortalecimiento de las sociedades sirva para generar legalidad y equidad" señala la política.

 

Para cumplir estos objetivos, la Superintendencia adoptará estrategias pedagógicas para el cumplimiento normativo, establecerá sanciones que vayan más allá de las multas, desarrollará instrumentos tecnológicos de inteligencia artificial para crear alertas tempranas que faciliten su actuación administrativa, suscribirá los documentos necesarios para incrementar la información financiera y no financiera disponible para el ejercicio de sus funciones, sea ésta estructurada o no estructurada, y revisará la metodología para la creación de indicadores y mapas de riesgo y el análisis de la información a fin de direccionar las actuaciones administrativas, entre otras acciones con el fin de fortalecer el cumplimiento de sus actividades misionales.

 

La Política de Supervisión se encuentra soportada en tres pilares fundamentales:

 

Pedagogía: la concreción de la función de policía administrativa tiene como punto de partida asegurarse de que los destinatarios de la supervisión conocen las disposiciones legales que les son aplicables. Ahora bien, el rol pedagógico tiene un doble componente, de un lado la divulgación de las normas vigentes de obligatorio cumplimiento y, del otro, de las buenas prácticas empresariales relacionadas con los asuntos de su competencia para que sean adoptadas voluntariamente por parte de los supervisados.

 

Cumplimiento: Debido a que el cumplimiento de las normas genera disciplina, confianza, seguridad y transparencia en el funcionamiento de las sociedades, una cultura en este sentido, contribuye a un relacionamiento armónico entre los socios, los administradores y demás grupos de interés, a la vez que disminuye riesgos reputacionales asociados al incumplimiento de disposiciones vigentes y permite el crecimiento de la empresa.

 

Prevención: el ejercicio de la supervisión administrativa parte de enseñar para cumplir, pero también de actuar de forma oportuna y temprana para que se tomen las decisiones empresariales que correspondan en beneficio de las compañías, ya sea identificando los incumplimientos en materia societaria y contable para su corrección, y/o se haga un uso temprano del régimen de insolvencia.

 

La concreción de estos pilares debe hacer de la Superintendencia una entidad mucho más cercana a sus supervisados y un verdadero aliado de las sociedades en su propósito de generar valor para sus grupos de interés.

 

Para conocer la Política de Supervisión de la Supersociedades, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades publicó la Carta Circular 01 del 2 de enero de 2020, la cual tiene como referencia: la actualización del listado de entidades reconocidas del exterior para elaboración de índices.

 

El siguiente es el texto completo de la Circular 001:

 

Apreciados señores:

 

De conformidad con lo establecido en el numeral 7.2 del Capítulo II del Título II de la Parte I de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 de 2014), la Superintendencia Financiera de Colombia actualizará permanentemente el listado de entidades reconocidas para la elaboración de índices de commodities, de acciones, y de renta fija, incluidos los ETF.

 

Adicionalmente, evaluados los requisitos señalados en el numeral 7 del parágrafo 2 del artículo 2.6.12.1.2 y en el numeral 7 del parágrafo 2 del artículo 2.31.3.1.2 del Decreto 2555 de 2010, esta Dirección se permite informar que a partir de la fecha se incluye en el mencionado listado a ICE Data Services LLC, y se actualiza la denominación de Barclays a la de Bloomberg Index Services Limited (Bloomberg Barclays Indices).

 

El listado actualizado se encuentra disponible en la página de Internet de la Superintendencia en la sección Normativa General / Listado de bolsas, entidades y cámaras de riesgo internacionalmente reconocidas.

 

Cordialmente,

JULIANA LAGOS CAMARGO
Directora de Investigación, Innovación y Desarrollo

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 18 de enero de 2020, el proyecto de decreto "Por el cual se reglamenta el numeral 5° del artículo 424 del Estatuto Tributarlo y se modifica el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para adicionar los artículos 1.3.1.12.21., 1.3.1.12.22. y 1.3.1.12.23. al capítulo 12 del título 1 parte 3 del libro 1", sobre el IVA excluido en computadores de menos de 50 UVT.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se establecen los requisitos de la factura de talonario o de papel; los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta con validación previa a su expedición, el calendario de implementación, los requisitos, las condiciones, términos.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 13 de enero de 2020, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el proyecto de decreto por medio del cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.

 

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 15 de enero de 2020.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

El Departamento de Planeación publicó el Decreto 2410 del 30 de diciembre de 2019, por el cual se modifica el Decreto 1082 de 2015, con el propósito de determinar los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia de 2020.

 

Para conocer el Decreto 2410 completo, haga clic aquí.

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