Martes, 10 Diciembre 2019 07:45

Resolución 038, Tarifa Control Fiscal 2019

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, informa que el artículo 137 de la Ley 1955 de 2019[1] señala: “Tarifa de Control Fiscal. La liquidación y recaudo de la Tarifa de Control Fiscal a la que se refiere el artículo 4o de la Ley 106 de 1993, será de competencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público a partir de la presente vigencia fiscal”.

 

Para el efecto, mediante Resolución No. 4414 del 25 de noviembre de 2019, el señor Ministro de Hacienda, delegó en la Dirección de Presupuesto Público Nacional y en la Dirección de Crédito Público y Tesoro Nacional las funciones de liquidación y recaudo, respectivamente, señaladas en la normativa en mención.

 

En cumplimiento de lo anterior, a través de la Resolución No.0038 del 5 de diciembre de 2019, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional liquidó la Tarifa de Control Fiscal a cargo de los sujetos pasivos de este tributo especial, entre los que se encuentran: los órganos que integran las ramas del poder público, los órganos autónomos e independientes como los de control y electorales y sus entidades adscritas y vinculadas, los organismos que hacen parte de la estructura de la administración nacional y demás entidades nacionales, los organismos creados por la Constitución Nacional y la ley que tienen régimen especial, las sociedades de economía mixta, las empresas industriales y comerciales del Estado, los particulares que cumplan funciones públicas respecto de los bienes públicos que obtengan o administren o cuando manejen fondos, bienes o recursos de la Nación, las personas jurídicas y cualquier otro tipo de organización o sociedad que maneje recursos del Estado en lo relacionado con éstos, el Banco de la República y demás sujetos que se encuentran bajo la vigilancia y control de la Contraloría General de la República por disposición constitucional, legal y jurisprudencial. Además, los señalados en la sentencia C-1176 de 2004 y el artículo 3° de la Ley 610 de 2000.

 

Se informa que mediante comunicación física se enviará citación a cada una de las entidades responsables del pago de la tarifa de control fiscal, con el fin de llevar a cabo la correspondiente notificación personal de la Resolución No.0038 del 5 de diciembre de 2019, “Por la cual se liquida la Taifa de control Fiscal a los organismos y entidades fiscalizadas por la Contraloría General de la República”, en los términos del artículo 68 y s.s. del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

En consecuencia, se da a conocer de manera informativa el contenido de la referida Resolución, con el valor de la tarifa correspondiente para la vigencia 2019, con el fin de que se adelante por las entidades obligadas los trámites internos a que haya lugar para el pago de los valores señalados.

 

Consulte aquí la Resolución 038 del 5 de diciembre de 2019 “Por el cual se liquida la tarifa de control fiscal para la vigencia 2019 a los organismos y entidades fiscalizadas por la Contraloría de la República”.

La Junta Central de Contadores publicó el calendario de cierre de seccionales para lo que resta de 2019. Los cierres comenzaron el pasado 29 de noviembre con las seccionales de Barranquilla, Cali, Medellín y Pereira.

 

Este viernes 13 de diciembre cerrarán las seccionales de Bucaramanga, Cúcuta, Ibagué y Pasto y el 27 de diciembre lo hará Santa Marta.
 
En caso de que la seccional de su interés se encuentre cerrada, puede solicitar el envío del documento a su domicilio diligenciando el formulario del link habilitado haciendo clic aquí. http://www.jcc.gov.co/entrega-sin-seccional

 

En este caso se entregará en la dirección que usted reporte en este formulario, a la persona mayor de edad que la reciba (No obligatoriamente debe ser el Contador Público); dentro de los siguientes 15 días calendario al recibido de la solicitud de envío.

 

Los envíos se realizan los días viernes.  Si por algún motivo no se pueda realizar el envío en dicho día, se realizará el día hábil antes o después.

La Contaduría General de la Nación, CGN, publicó para comentarios el proyecto de Resolución por la cual se modifica el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el manejo de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud del Marco Normativo para Entidades de Gobierno.

 

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de resolución hasta el 12 de diciembre de 2019. Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

 

El Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, José Andrés Romero Tarazona y el Registrador Nacional del Estado Civil, Juan Carlos Galindo Vácha, firmaron un convenio interadministrativo que permitirá a la DIAN acceder a la información contenida en las bases de datos del Archivo Nacional de Identificación (ANI) y al Sistema de Información de Registro Civil (SIRC).

 

Esto quiere decir, que a través de consulta, la DIAN tendrá certeza de: nombres, apellidos, número de documento de identidad, fecha de nacimiento del ciudadano, fecha de expedición y vigencia de la cédula de ciudadanía de los colombianos que requieran acceder a sus trámites y servicios, inclusive, la fecha y el motivo por el cual se dio de baja el documento, en los casos de cancelación o suspensión de la vigencia.

 

Para el caso de los menores de edad, la DIAN tendrá la posibilidad de validar la información pública de estos colombianos a través del Sistema de Información de Registro Civil (SIRC).

 

Para el Director de la DIAN, la firma de este convenio es motivo de satisfacción y muestra de la cooperación y trabajo interinstitucional. “El tener acceso a los datos de identidad de los colombianos, nos permitirá hacer un mejor seguimiento, y con mayor precisión, detectar a los dueños de bienes y, o cuentas en el exterior que están siendo omitidos o no declarados ante la administración tributaria"

 

Agregó además que, “tener la fecha de nacimiento es el dato más estable en el intercambio de información financiera internacional, por lo cual resulta esencial para que no haya errores en la fiscalización de activos en el exterior. Igualmente nos facilita otra serie de labores, como la fiscalización a presuntos evasores de impuestos, y también las acciones de cobro de cartera a morosos".

 

El acceso a las bases de datos que maneja la Registraduría Nacional, representa una fuente de identificación de alta importancia “Estoy convencido de que nuestra función de garantizar a todos los colombianos el derecho a la identificación, debe ir mucho más allá de la expedición de los documentos de identidad. Por eso, facilitamos la suscripción de convenios con diferentes entidades para así favorecer el trabajo interinstitucional y facilitar el acceso de los colombianos a diferentes programas y beneficios que ofrece el Estado", afirmó el Registrador Nacional Juan Carlos Galindo Vácha.

La ministra del Trabajo Alicia Arango Olmos, instaló formalmente la mesa de negociación del salario mínimo para 2020, integrada por las centrales sindicales, los gremios productivos y el Gobierno Nacional.

 

“Quiero que hagamos de esta negociación un tema cordial, entendiendo la posición de todas las partes. Debemos trabajar para llegar a un punto de encuentro donde las expectativas sean razonables, teniendo en cuenta la situación actual del país y todos los factores que se deben medir al momento de decidir el salario mínimo”, señaló la titular de la cartera laboral.

 

Así mismo, reiteró que el Gobierno Nacional tiene la mayor voluntad para ayudar a los trabajadores. “Hoy empezamos un ciclo muy importante para el país referente al año entrante. Lograr acuerdos es tener voluntad política y depende de todos, por eso les agradezco estar aquí y aportar desde cada uno de sus sectores para lograr un consenso”, agregó.  

 

En este primer encuentro, el Ministerio del Trabajo expuso las cifras sobre mercado laboral, el Ministerio de Hacienda, las cifras de crecimiento económico y el DANE expuso la medición de la productividad, que ya no se realizará a través de estimaciones econometricas, sino que será el producto de la medición oficial que realice el departamento estadístico, con base en cuentas nacionales, de acuerdo con lo estipulado en el plan de desarrollo y con el trabajo preparado por la instrucción durante la última década.  

 

La ministra Arango Olmos explicó que por las inquietudes de algunos integrantes de la mesa con respecto a la metodología que se usó para sacar la cifra de productividad por parte del DANE, hoy en la tarde se sentarán nuevamente los equipos técnicos de las centrales sindicales, gremios y el Gobierno Nacional para dar las claridades del caso.

 

Este viernes 5 de diciembre, continuará la segunda sesión de esta mesa de negociación, donde el DANE y el Banco de la República harán nuevas presentaciones para que el lunes 9 de diciembre, se presenten las primeras propuestas por parte de trabajadores y empresarios.

Con el fin de orientar la política pública hacia el desarrollo y la promoción del mercado de capitales y contribuir en la construcción de un sistema financiero más profundo y eficiente que impulse el crecimiento económico y el bienestar de los colombianos, el ministro de Hacienda y Crédito Público Alberto Carrasquilla Barrera, presentó el libro que contiene las recomendaciones realizadas por la Misión del Mercado de Capitales.

 

Esta es la culminación del trabajo realizado por parte de un grupo de expertos, quienes desde octubre de 2018 realizaron un trabajo juicioso, técnico y dedicado, en donde a través de un proceso participativo realizaron el diagnóstico y priorización de los temas más relevantes para lograr que el mercado de capitales colombiano cuente con las herramientas que le permitan su eficiente desarrollo.

 

El Ministro agradeció especialmente al Banco Mundial y al Gobierno Suizo por el apoyo técnico, financiero y operativo que se le brindó a esta iniciativa a través del Programa Suizo de Cooperación al Desarrollo Económico en Colombia – SECO.

 

De igual manera, Carrasquilla Barrera, destacó el trabajo realizado por los miembros del Comité Directivo de la Misión: Roberto Rigobon, Alberto Bernal, Ricardo De Bedout, Julio Torres, Rodrigo Galarza y Diego Jara., quienes durante diez meses analizaron los elementos institucionales, regulatorios, de estructura e infraestructura que impactan la dinámica y potencial desarrollo  del mercado de capitales colombiano.

 

El texto que hoy se presenta cuenta con tres capítulos, el primero describe el contexto del mercado de capitales, el segundo describe el mercado de capitales en Colombia y el tercero desarrolla las recomendaciones particulares realizadas por los miembros de la misión, las cuales cuentan con una descripción previa del contexto regulatorio y de mercado de cada tema, y posteriormente se realizan propuestas puntuales para implementar en cada caso.

 

El Ministro destacó que “este es uno de los insumos más importantes para continuar construyendo la hoja de ruta que nos permita promover el desarrollo del mercado de capitales, así como plantear una serie de medidas necesarias para que el mismo sea más profundo, líquido, eficiente, diversificado, con más emisores e inversionistas y que esté en constante innovación” puntualizó el jefe de la cartera de finanzas públicas.

 

Para acceder al libro completo, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación emitió la Resolución No 400 del 29 de noviembre de 2019, por la cual se expide la certificación de categorización de las entidades territoriales: departamentos, distritos y municipios, conforme a lo dispuesto en las Leyes 136 de 1994, 617 de 2000 y el Decreto 2106 de 2019.

 

Para conocer la Resolución 400 completa, haga clic aquí.

Con varios artículos nuevos y con un importante contenido social, las comisiones terceras del Senado de la República y la Cámara de Representantes aprobaron en primer debate la reforma tributaria o Ley de Crecimiento, como la ha denominado el Gobieno.

 

El ministro de Hacienda y Crédito Público encargado Juan Alberto Londoño, pidió no caer en errores en las interpretaciones que se les dan a las medidas introducidas en la ley, por ejemplo, el descuento del IVA en los bienes de capital no se trata de una ‘gabela’ para los ricos, sino para abaratar los costos de producción que tienen los empresarios, desde el más pequeño al más grande.

 

“Yo creo que cuando dicen que estamos dando beneficios tributarios por permitirle al productor, descontar un costo, están diciendo mentiras. Démosle la oportunidad de producir más barato. En el país, el 97% de las empresas son medianas y pequeñas, nosotros tenemos que darle la oportunidad de producir a ellos. Repito: esto no es para los ricos”, expresó.

 

De igual forma, aseguró que esta ley es responsable fiscalmente, teniendo en cuenta que se está generando una senda de crecimiento y unas herramientas de fiscalización como la factura electrónica.

 

“Sin esta reforma perderemos $680 mil millones que se destinaron para vías terciarias en las regiones que generan mayores ingresos, empleos y competitividad para los productores de estos territorios”, señaló.

 

Hay que resaltar que se incluyeron cuatro medidas para avanzar en la reducción de la desigualdad, como la devolución del IVA para el 20% de la población más pobre de Colombia, cerca de 2,8 millones de hogares.

 

La segunda medida, que fue una promesa del presidente de la República Iván Duque para los jubilados que reciben pensiones de un salario mínimo, es reducir gradualmente los aportes a salud del 12% al 4%. En principio, el próximo año se reducirá al 8% y en 2022 al 4%.

 

La tercera medida tiene que ver con la creación de incentivos adicionales a los que generen empleo para los jóvenes entre los 18 y 28 años.

 

Habrá tres días sin IVA al año en los que las familias podrán adquirir vestuario, calzado, útiles, algunas tecnologías, a precios más bajos ya que no tendrán que pagar este impuesto.

 

Londoño Martínez agradeció a los congresistas por el trabajo comprometido y las largas jornadas de discusión en las cuales se escucharon las voces de las bancadas que discutieron y aprobaron en primer debate esta Ley de Crecimiento.

La Resolución 393 del 25 de noviembre de 2019, emitida por la Contaduría General de la Nación, deroga la Resolución Nº 236 de 2018 y se adopta el Reglamento interno del Comité de Conciliación de la U.A.E. Contaduría General de la Nación.

 

Para conocer la Resolución 393 completa, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 29 de noviembre de 2019 la Resolución No. 1603 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:

 

Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de diciembre de 2019.

 

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 18.91%, lo cual representa una disminución de 12 puntos básicos (-0.12%) en relación con la anterior certificación (19.03%).

 

Interés remuneratorio y de mora

En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 28.37% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

 

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 28.37% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa una disminución de 18 puntos básicos (-0.18%) con respecto al periodo anterior (28.55%).

Página 216 de 446

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.