Supersociedades publicó las etapas de la intervención por captación ilegal
Richard santaEl proceso de liquidación judicial como medida de intervención por captación ilegal se desarrolla en etapas específicas que están definidas por el decreto 4334 de 2008 y por la jurisprudencia desarrollada por la Superintendencia de Sociedades.
De acuerdo con diversos pronunciamientos de la Delegatura para Procedimientos de Insolvencia después de la apertura de los procesos viene una etapa de preparación de los proyectos principales del liquidador: la calificación y graduación de créditos (que agrupa los reclamos) y el inventario valorado (con la relación de los bienes embargados y su valor)
Posteriormente viene la etapa de contracción de esos documentos donde los interesados podrán objetar las reclamaciones, el avalúo de los bienes, el inventario o pedir su exclusión del proceso. La última etapa es la venta de los activos disponibles y su adjudicación a los afectados.
Para ilustrar mejor este proceso la Superintendencia de Sociedades pone a disposición del público una cartilla explicativa basada en los reiterados pronunciamientos de la entidad y especialmente en el auto 400-009078 de 2017.
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