Los Contadores Públicos y las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable a los cuales se les hubiere expedido la tarjeta profesional o tarjeta de registro según sea el caso, deberán actualizar sus datos registrados ante la Junta Central de Contadores, JCC, de forma anual y antes del 1 de marzo de cada año.
Así lo estableció la Resolución N° 973 de 2015, que reglamenta la inscripción en el registro profesional y la expedición de la tarjeta profesional de Contador Público y la tarjeta de registro de las Entidades que presten servicios propios de la Ciencia Contable.
Si es persona natural, actualice sus datos haciendo clic aquí.
Si es persona jurídica, actualice los datos haciendo clic aquí.
Lo último de Richard santa
- Conozca el Memorando de Entendimiento que firmaron Colombia y Venezuela
- DIAN habilitó servicio de video atención para solicitudes de devolución y/o compensación
- 11.180 contribuyentes morosos del ICA serán contactados por Hacienda Bogotá
- Ley 2487, ruta para estabilización económica de mujeres desmovilizadas y reincorporadas
- PD. mecanismo vehículos diésel VFOAJ