Funcionarios del Estado deben cumplir con formalidades aduaneras
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recuerda a los funcionarios del Estado del Orden Nacional, Embajadas y Consulados que, sin excepción, deben cumplir con las formalidades Aduaneras cuando tengan la calidad de viajeros internacionales.
En dicho sentido, a su regreso al país, todos los funcionarios deben diligenciar en su totalidad el formulario 530 donde se debe declarar el equipaje y las divisas o títulos representativos de éstas cuando superen los USD10.000 de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas. El formulario es entregado en el medio de transporte a cada viajero o grupo familiar, según lo requiera.
Una vez diligenciando el formulario, se debe entregar a la autoridad aduanera en el primer puesto de control a su arribo al territorio nacional para efectos de los controles aduaneros que correspondan.
Las formalidades aduaneras están consagradas en el artículo 205 y siguientes del Decreto 2685 de 1999.
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