De conformidad con el artículo 5º del Decreto 1289 del 17 de junio de 2015, a partir del 18 de diciembre del mismo año el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo asumió la competencia relacionada con la administración, control, verificación del cumplimiento y mantenimiento de requisitos, entrega sanción, cobro de obligaciones, decisión de recursos, representación judicial y demás actuaciones administrativas de los Sistemas Especiales de Importación – Exportación, Zonas Francas, Zonas Económicas Especiales de Exportación y Sociedades de Comercialización Internacional cuya competencia estaba asignada a la DIAN.
Así mismo, se informa que la DIAN continuará administrando, custodiando y haciendo efectivas las garantías que amparen impuestos, tributos, sanciones y demás obligaciones de su competencia, en relación con los beneficiarios de los Sistemas Especiales de Importación – Exportación, Zonas Francas, Zonas Económicas Especiales de Exportación y Sociedades de Comercialización Internacional.”
Para cualquier información puede comunicarse a la línea gratuita 018000958283, al PBX (+571) 6067676 o al FAX (+571) 6067522
Lo último de Richard santa
- Supersociedades presentó el informe equidad, diversidad e inclusión
- Concepto 291, Obligaciones contables en propiedad horizontal
- Medellín dará descuento de 70% en intereses de contribuyentes en mora
- Concepto 298, Tratamiento contable indemnización vehículo
- Resolución 235, DIAN actualiza los requisitos en régimen de tráfico fronterizo