Bajo el Acuerdo de Cooperación del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias CIAT y la Secretaría de Estado para Asuntos Económicos de Suiza (CIAT-SECO II), el CIAT suscribió un contrato con expertos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de España, mediante el cual se brindará Asistencia Técnica en Tributación Internacional a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en desarrollo de un programa que se llevará a cabo durante los años 2023 y 2024.

Del 15 al 19 de mayo de 2023, la Oficina de Tributación Internacional, la Subdirección de Fiscalización Internacional y la Subdirección Operativa de Fiscalización y Liquidación Internacional sostuvieron reuniones con los expertos de la AEAT, el Sr. Luis Jones Rodríguez y la Sra. Inmaculada Mut Aguilar, en el marco de una misión previa de conocimiento para estructurar el plan de trabajo del programa de asistencia. Para la apertura de esta misión se contó con la participación del director general, Luis Carlos Reyes Hernández, y las Direcciones de Gestión de Fiscalización, Operativa de Grandes Contribuyentes y de Gestión Jurídica.

La ejecución de este programa permitirá a los funcionarios de la Oficina de Tributación Internacional, a los auditores de Fiscalización Internacional, a los funcionarios de las áreas jurídicas de la Administración Tributaria y de las áreas de análisis de riesgos fortalecer capacidades en materia de precios de transferencia, en programas de acuerdos anticipados de precios de transferencia (APA) y procedimiento de acuerdo mutuo (MAP), así como obtener herramientas técnicas que permitan adelantar procesos de fiscalización, de discusión y de resolución de conflictos que sean sólidos y con la calidad técnica requerida.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Circular 004 del 15 de mayo de 2023, por medio de la cual unifica los Códigos de Operaciones en las Zonas Francas.

Para conocer la Circular 004, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 201 del 15 de mayo de 2023, por medio del cual responde a una consulta referente a la Confidencialidad del Contador Público.

Para conocer el Concepto 201, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera publicó la Circular Externa 009 del 16 de mayo de 2023, por la cual da Instrucciones relacionadas con la forma societaria para la constitución del banco puente

El siguiente es el texto de la Circular 009:

Apreciados señores:

Esta Superintendencia, consciente de la importancia de la preservación del funcionamiento y estabilidad del sistema financiero en momentos de una eventual crisis, a través de los mecanismos dispuestos por la ley y, atendiendo al papel del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (FOGAFIN) en esas situaciones, ha identificado la necesidad de fortalecer la capacidad de actuación del citado Fondo en la constitución de un banco puente como mecanismo de salvaguarda y protección de la actividad financiera ante la liquidación de un establecimiento de crédito.

En desarrollo de lo anterior y con el propósito de facilitar la creación del banco puente, esta Superintendencia estima necesario modificar las instrucciones relativas al procedimiento de constitución, y en particular, frente a su naturaleza societaria con el fin de agilizar su creación.

En virtud de lo expuesto y, en ejercicio de las facultades conferidas en el literal a) del numeral 3. del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el artículo 9.1.4.1.16 y el numeral 4. del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, esta Superintendencia imparte la siguiente instrucción:

PRIMERA: Modificar los subnumerales 1.2.1.1, 1.2.1.4.1.1 y 1.2.1.4.4 del Capítulo VII del Título I de la Parte I de la Circular Básica Jurídica «Mecanismos de resolución» con el fin de establecer que el banco puente podrá constituirse como una sociedad por acciones simplificada y deberá atender las disposiciones aplicables a las entidades vigiladas en materia de gobierno corporativo.

Se anexan las páginas objeto de modificación.

La presente Circular rige a partir de su publicación.

Cordialmente,

CÉSAR FERRARI
Superintendente Financiero (E)

Por medio de la Circular 008 del 16 de mayo de 2023, la Superintendencia Financiera brinda instrucciones relativas al Sistema de Control Interno de las entidades vigiladas.

El siguiente es el texto de la Circular 008:

Apreciados señores:

La evolución de los estándares y mejores prácticas internacionales en materia de control interno y el desarrollo continuo a nivel global de lineamientos para robustecer las prácticas de gobierno corporativo de las instituciones financieras, motivaron una revisión integral de las instrucciones impartidas en esta materia.

En desarrollo de lo anterior, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) tuvo en cuenta las últimas actualizaciones del Marco Integrado de Control Interno publicadas por el Comité de Organizaciones Patrocinadoras de la Comisión de Normas de los Estados Unidos de América (COSO, por sus siglas en inglés), del Modelo de las Tres Líneas expedido por el Instituto de Auditores Internos del Reino Unido (IIA, por sus siglas en inglés) y de los lineamientos definidos por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea en materia de gobierno corporativo.

En virtud de lo expuesto, y con el propósito de fomentar la transparencia y ética empresarial al interior de las entidades vigiladas en los términos previstos en la Ley 2195 de 2022 y las normas que la modifiquen o sustituyan, esta Superintendencia considera oportuno modificar las instrucciones en materia de control interno con el fin de continuar con la convergencia hacia las mejores prácticas internacionales y promover el desarrollo de estructuras de gobierno corporativo robustas.

En consecuencia, en ejercicio de las facultades legales establecidas en el literal a) del numeral 3 y en el literal a) del numeral 9 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en el artículo 9 de la Ley 2195 de 2022 y en el numeral 4 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, esta Entidad imparte las siguientes instrucciones:

PRIMERA. Sustituir integralmente el Capítulo IV del Título I de la Parte I de la Circular Básica Jurídica correspondiente a las instrucciones en materia de Sistema de Control Interno de las entidades vigiladas.

SEGUNDA. Vigencia: Las entidades vigiladas tendrán un plazo de un año contado a partir de la expedición de la presente Circular para dar cumplimiento a las presentes instrucciones.

Se anexan las páginas objeto de modificación.

Cordialmente,

CÉSAR FERRARI
Superintendente Financiero (E)

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 185 del 15 de mayo de 2023, respondiendo a una consulta sobre el impuesto diferido y la diferencia en cambio.

Para conocer el Concepto 185, haga clic aquí.

Las compañías aseguradoras autorizadas para expedir las pólizas del Seguro Obligatorio de Daños Corporales causados a las Personas en Accidentes de Tránsito (SOAT), las podrán emitir por un mínimo de 15 días para las personas que ingresen a Colombia por las zonas de frontera, como son las de Ecuador y Venezuela.

Así lo señala la Circular Externa 007 de la Superintendencia Financiera de Colombia – SFC-, expedida luego de una reunión liderada por el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Germán Umaña Mendoza, con la participación de la misma Superfinanciera, el Ministerio de Transporte, la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda) y representantes de las compañías que expiden este tipo de pólizas.

“Una de nuestras apuestas en comercio exterior es la integración de los países de América Latina, lo que pasa por impulsar la construcción de corredores económicos que permitan la integración física y económica, principalmente entre las regiones fronterizas. Esta medida sin duda nos permitirá facilitar y agilizar esa relación con nuestros vecinos”, dijo el Ministro Umaña.

Agregó que este es “uno de los mecanismos que suma en ese propósito es acceder a que los ciudadanos de esos países vecinos puedan obtener por días esa póliza y no por mínimo un mes, como pasa hasta hoy. Esto reduce costos y ayuda a agilizar los procesos”.

Por su parte, el ministro de Transporte, William Camargo Triana, señaló que la instrucción del presidente Gustavo Petro ha sido la de fortalecer nuestras relaciones económicas y facilitar el acceso entre los países.

“Por eso, este documento no sólo permitirá a los extranjeros en frontera una mejor movilidad, sino fortalecer el compromiso del Gobierno Nacional de trabajar por la protección a la vida. Queremos hacer de Colombia una potencia mundial de vida, por eso, es nuestra obligación proteger también a cada uno de los ciudadanos que visitan y transitan por nuestro país”, dijo el ministro Camargo Triana.

La Superintendencia Financiera determina la metodología para el cálculo de la tarifa máxima para dichas pólizas y tendrá en cuenta la clase y modelo del vehículo, así como los siguientes factores:

1. La exposición al riesgo de estos vehículos.
2. Las transferencias a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), establecidas en el artículo 2.6.4.2.1.3. del Decreto 780 de 2016 y en la Resolución 2709 de 2022.
3. Las transferencias a la Agencia Nacional de Seguridad Vial señaladas en el artículo 7 de la Ley 1702 de 2013.
4. Los gastos para la operatividad del ramo.

El documento entrará en vigencia a las 24:00 horas del día en que se expida y se acredite el pago de la misma. El ciudadano extranjero podrá extender el documento por otros 15 días o, si lo requiere, solicitarlo por meses completos.

Los interesados en pedir este documento podrán tramitarlo en las oficinas de la compañía de seguros autorizada o por el correo electrónico habilitados por cada aseguradora, para lo cual deberá presentar en original o copia la tarjeta de propiedad del vehículo que ingresará al país y el documento de identidad del tomador del seguro o Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT) o Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF) expedidos por Migración Colombia.

Las personas que posean una cuenta en una entidad financiera en Colombia podrán realizar el pago del SOAT por el sistema PSE (pagos seguros en línea), si la compañía de seguros tiene habilitado ese canal de pagos.

Para conocer la Circular 007, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, ha abierto el proceso de recepción de comentarios que hacen parte del mecanismo de discusión pública del GTT 109 Modificaciones a la Clasificación y Medición de Instrumentos Financieros - Modificaciones propuestas a la NIIF 9 y NIIF 7.

En marzo de 2023, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés) publicó para comentarios el Proyecto de Norma. Este surge como resultado de la revisión posterior a la implementación (RPI) de los requerimientos de clasificación y medición de la NIIF 9 Instrumentos Financieros y los requerimientos relacionados de la NIIF 7 Instrumentos Financieros Información a Revelar que, tras analizar las pruebas recogidas, permitió al Consejo concluir que, en general, los requerimientos pueden aplicarse de forma congruente y que, al hacerlo, una entidad proporciona información útil a los usuarios de sus estados financieros.

Sin embargo, el Consejo también concluyó que en relación con algunos temas, los requerimientos deberían aclararse para mejorar su comprensibilidad.

Por lo anterior, el CTCP invita a comentar sobre las propuestas de este Proyecto de Norma mediante la solicitud de respuesta a (7) siete preguntas que han sido publicadas en la siguiente página web, para decidir si sigue adelante con las modificaciones propuestas.

https://www.ifrs.org/content/dam/ifrs/project/amendments-to-the-classification-and-measurement-of-financial-instruments/es-iasb-ed-2023-2.pdf.

Las preguntas están relacionadas con:
Pregunta 1 - Baja en cuentas de un pasivo financiero liquidado mediante transferencia electrónica.
Pregunta 2 - Clasificación de activos financieros — términos contractuales congruentes con un acuerdo básico de préstamo.
Pregunta 3 - Clasificación de activos financieros — activos financieros sin recurso (sin garantía de un activo concreto distinto del subyacente).
Pregunta 4 - Clasificación de activos financieros — instrumentos vinculados contractualmente.
Pregunta 5 - Información a revelar — Inversiones en instrumentos de patrimonio designadas como a valor razonable con cambios en otro resultado integral.
Pregunta 6 - Información a revelar — términos contractuales que podrían modificar el calendario o el importe de los flujos de efectivo contractuales.
Pregunta 7 - Transición.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) recopilará las respuestas para analizarlas y consolidarlas en un documento que represente la posición del país respecto de la propuesta reglamentaria. Tal manifiesto será enviado al Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera -GLENIF- para discutir la opinión de la región (Latinoamérica) y compartirla con el emisor IASB.

Los documentos del proyecto están disponible en el enlace: https://www.ctcp.gov.co/proyectos/contabilidad-e-informacion-financiera/organismos-internacionales

Puede enviar sus comentarios a los siguientes correos: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., antes del 23 de mayo del año 2023.

La titular de la cartera laboral, Gloria Inés Ramírez Ríos, se mostró optimista con el trámite que se adelanta en el Congreso de la República, para sacar adelante los proyectos de ley de las reformas laboral y pensional.

“Hemos tenido las reuniones suficientes con los ponentes en el Congreso y se ha iniciado su dinámica con las diferentes audiencias públicas, muy representativas y participativas donde los congresistas están preparando la ponencia que será radica la próxima semana en materia de reforma laboral”, puntualizó la jefa de la cartera laboral.

Frente al proceso legislativo de la reforma pensional en la Comisión Séptima del Senado, la ministra también anunció que se adelantará una audiencia pública en la ciudad de Cúcuta y después los congresistas radicarán la ponencia.

“Hicimos dos audiencias esta semana con una amplia participación y el próximo lunes, será la sesión pública en la capital de Norte de Santander, y posteriormente se reunirán para presentar la ponencia que espero, sea en esta misma semana y continuar así, con los debates que se tienen que dar en el Congreso de la República”, aseguró Ramírez Ríos.

Se espera que las iniciativas de ley queden aprobadas en este periodo legislativo.

Entre lo positivo de la reforma laboral ´Trabajo por el Cambio´ es que fomentará la formalización a más de 2.5 millones de trabajadoras y trabajadores en sectores de plataformas de reparto, trabajo doméstico y rural. También protegerá las relaciones laborales, dará estabilidad en los contratos de trabajo y mejorará los ingresos para los trabajadores.

Resolverá la inequidad con las mujeres en el trabajo, la inestabilidad jurídica y solucionará las relaciones laborales a través del diálogo.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, anunció la apertura de la convocatoria para la conformación del nuevo Comité Técnico ad honorem de Sostenibilidad, dirigido a las personas o entidades con formación o experiencia profesional en el tema.

En este se compartirán, analizarán y debatirán las normas y estándares de contabilidad, información no financiera y aseguramiento de la información desde la perspectiva de las revelaciones y los requerimientos del mercado y de su aplicabilidad e incorporación al ordenamiento jurídico en Colombia.

El Consejo de Estándares de Sostenibilidad (ISSB, por su sigla en inglés) está próxima a emitir las dos primeras normas internacionales: NIIF S1 Requerimientos Generales para la Información a Revelar sobre Sostenibilidad relacionada con la Información Financiera y NIIF S2 Información a Revelar relacionada con el Clima.

La fecha límite para la recepción de postulaciones es del 25 de mayo de 2023 a las 5:00 p.m. Los interesados deben llenar el formulario disponible en https://forms.gle/bZdPbCxTxAFTYK6ZA

Página 55 de 446

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.