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La Superintendencia Financiera expidió la Resolución 1688 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 2 de agosto al 23 de agosto de 2024, se certifica en 19,23% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de septiembre de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 24 puntos básicos (-0,24%) frente a la vigente en agosto de 2024 (19,47%).

Crédito productivo
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 2 de agosto al 23 de agosto de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad / Efectivo anual

Crédito productivo de mayor monto: 26,69%
Crédito productivo rural: 17,04%
Crédito productivo urbano: 34,63%
Crédito popular productivo rural: 49,70%
Crédito popular productivo urbano: 57,84%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 30 de septiembre de 2024.

Tasas no certificadas por la SFC basadas en el Interés Bancario Corriente

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).

Modalidades de crédito / Interés remuneratorio y de mora / Usura
Crédito de consumo y ordinario / 28,85% / 28,85%
Crédito productivo de mayor monto / 40,04% / 40,04%
Crédito productivo rural / 25,56% / 25,56%
Crédito productivo urbano / 51,95% / 51,95%
Crédito popular productivo rural / 74,55% / 74,55%
Crédito popular productivo urbano / 86,76% / 86,76%

Para conocer la Resolución 1688, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera, expidió la Resolución 1519 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano para el mes de agosto de 2024.

Crédito de consumo y ordinario
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 5 de julio al 26 de julio de 2024, se certifica en 19,47% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 31 de agosto de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 19 puntos básicos (-0,19%) frente a la vigente en julio de 2024 (19,66%).

Crédito productivo
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 5 de julio al 26 de julio de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad / Efectivo anual
Crédito productivo de mayor monto 27,19%
Crédito productivo rural 17,98%
Crédito productivo urbano 35,71%
Crédito popular productivo rural 49,97%
Crédito popular productivo urbano 58,16%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 31 de agosto de 2024.

Tasas no certificadas por la SFC basadas en el Interés Bancario Corriente

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884)[2] y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).

Modalidades de crédito / Interés remuneratorio y de mora / Usura
Crédito de consumo y ordinario / 29,21% / 29,21%
Crédito productivo de mayor monto / 40,79% / 40,79%
Crédito productivo rural / 26,97% / 26,97%
Crédito productivo urbano / 53,57% / 53,57%
Crédito popular productivo rural / 74,96% / 74,96%
Crédito popular productivo urbano / 87,24% / 87,24%

Para conocer la Resolución 1519, haga clic aquí.

Con base en la información reportada por los establecimientos de crédito, la Superintendencia Financiera, en ejercicio de sus atribuciones legales , expidió la Resolución 1308 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 31 de mayo al 21 de junio de 2024, se certifica en 19,66% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 31 de julio de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 90 puntos básicos (-0,90%) frente a la vigente en junio de 2024 (20,56%).

Crédito productivo
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 31 de mayo al 21 de junio de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad / Efectivo anual
Crédito productivo de mayor monto 26,62%
Crédito productivo rural 18,65%
Crédito productivo urbano 35,84%
Crédito popular productivo rural 49,60%
Crédito popular productivo urbano 57,16%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 31 de julio de 2024.

Tasas no certificadas por la SFC basadas en el Interés Bancario Corriente
El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).

Modalidades de crédito / Interés remuneratorio y de mora (efectivo anual) / Usura (efectivo anual)
Crédito de consumo y ordinario 29,49% 29,49%
Crédito productivo de mayor monto 39,93% 39,93%
Crédito productivo rural 27,98% 27,98%
Crédito productivo urbano 53,76% 53,76%
Crédito popular productivo rural 74,40% 74,40%
Crédito popular productivo urbano 85,74% 85,74%

Para conocer la Resolución 1308, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera expidió la Resolución 1143 de 2024, por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 3 de mayo al 24 de mayo de 2024, se certifica en 20,56% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de junio de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 46 puntos básicos (-0,46%) frente a la vigente en mayo de 2024 (21,02%).

Crédito productivo
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 3 de mayo al 24 de mayo de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad / Efectivo anual

Crédito productivo de mayor monto: 26,06%
Crédito productivo rural: 18,95%
Crédito productivo urbano: 35,26%
Crédito popular productivo rural: 49,14%
Crédito popular productivo urbano: 56,40%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 30 de junio de 2024.

Tasas no certificadas por la SFC basadas en el Interés Bancario Corriente
El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).

Modalidades de crédito / Interés remuneratorio /y de mora (efectivo anual) / Usura (efectivo anual)

Crédito de consumo y ordinario: 30,84% / 30,84%
Crédito productivo de mayor monto: 39,09% / 39,09%
Crédito productivo rural: 28,43% / 28,43%
Crédito productivo urbano: 52,89% / 52,89%
Crédito popular productivo rural: 73,71% / 73,71%
Crédito popular productivo urbano 84,60%/ 84,60%

Para conocer la Resolución 1143, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera expidió la Resolución 0872 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 29 de marzo al 19 de abril de 2024, se certifica en 21,02% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 31 de mayo de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 104 puntos básicos (-1,04%) frente a la vigente en abril de 2024 (22,06%).

Crédito productivo

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 29 de marzo al 19 de abril de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad / Efectivo anual

Crédito productivo de mayor monto: 27,15%

Crédito productivo rural: 20,01%

Crédito productivo urbano: 35,72%

Crédito popular productivo rural: 48,98%

Crédito popular productivo urbano: 56,05%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 31 de mayo de 2024.

Para conocer la Resolución 0872, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución 0598 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 23 de febrero al 15 de marzo de 2024, se certifica en 22,06% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de abril de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 14 puntos básicos (-0,14%) frente a la vigente en marzo de 2024 (22,20%).

Crédito productivo

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 23 de febrero al 15 de marzo de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad Efectivo anual
Crédito productivo de mayor monto 27,35%
Crédito productivo rural 20,54%
Crédito productivo urbano 36,10%
Crédito popular productivo rural 46,47%
Crédito popular productivo urbano 54,70%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 30 de abril de 2024.

Con base en la información reportada por los establecimientos de crédito, la Superintendencia Financiera, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución 0400 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 2 de febrero al 23 de febrero de 2024, se certifica en 22,20% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 31 de marzo de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 111 puntos básicos (-1,11%) frente a la vigente en febrero de 2024 (23,31%).

Crédito productivo

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 2 de febrero al 23 de febrero de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad / Efectivo anual

Crédito productivo de mayor monto / 27,47%
Crédito productivo rural / 25,10%
Crédito productivo urbano / 36,85%
Crédito popular productivo rural / 45,87%
Crédito popular productivo urbano / 51,09%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 31 de marzo de 2024.

Para conocer la Resolución 0400, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera, expidió la Resolución 0150 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 29 de diciembre de 2023 y el 19 de enero de 2024, se certifica en 23,31% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 29 de febrero de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 1 punto básico (-0,01%) frente a la vigente en enero de 2024 (23,32%).

Crédito productivo
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 29 de diciembre de 2023 y el 19 de enero de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:
Modalidad Efectivo anual
Crédito productivo de mayor monto 27,66%
Crédito productivo rural 29,34%
Crédito productivo urbano 36,34%
Crédito popular productivo rural 43,45%
Crédito popular productivo urbano 46,82%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 29 de febrero de 2024.

Para conocer la Resolución 0150, haga clic aquí.

 

La Superintendencia Financiera, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución 2074 de 2023 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre el 3 de noviembre y el 24 de noviembre de 2023, se certifica en 25,04% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 31 de diciembre de 2023.

La nueva certificación representa una disminución de 48 puntos básicos (-0,48%) frente a la vigente en noviembre de 2023 (25,52%).

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).

Para conocer la Resolución 2074, haga clic aquí.

Con base en la información reportada por los establecimientos de crédito, la Superintendencia Financiera, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución 1801 de 2023 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre el 29 de septiembre y el 20 de octubre de 2023, se certifica en 25,52% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de noviembre de 2023.

La nueva certificación representa una disminución de 101 puntos básicos (-1,01%) frente a la vigente en octubre de 2023 (26,53%).

Para conocer la Resolución 1801, haga clic aquí.

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