Viernes, 10 Enero 2014 11:43

Solo por internet se puede declarar el CREE

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Con el fin de optimizar tiempos y recursos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, dispuso sus sistemas informáticos electrónicos para que los contribuyentes responsables de auto retención CREE, realicen la declaración del cuatrimestre septiembre – diciembre 2013.

En este sentido, la Entidad diseñó el Manual de Habilitación de Cuenta para que los usuarios puedan acceder a los servicios en línea de forma ágil y diligenciar, firmar, presentar y pagar su declaración por concepto del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) por medios electrónicos.

Son responsables de presentar la declaración cuatrimestral de retención del CREE, de acuerdo con el artículo tercero del Decreto 1828 de 2013, los contribuyentes autorretenedores cuyos ingresos brutos a 31 diciembre de 2012 fueron inferiores a 92.000 UVT, iniciando el primer vencimiento el 10 de enero de 2014 para los NIT terminados en1, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Se recuerda a los autorretenedores que cuenten con el mecanismo de firma digital, que están obligados a declarar el CREE únicamente por medios electrónicos.

Para hacer la declaración virtual, la DIAN preparó un tutorial mediante el cual se podrá conocer el paso a paso para la  habilitación de cuenta del usuario. Ver tutorial.

Visto 3727 veces Modificado por última vez en Lunes, 13 Enero 2014 16:45
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