Miércoles, 19 Julio 2017 09:06
Ley 1846, autoriza pago del recargo nocturno a partir de las 9 de la noche
Richard santaEl Presidente Juan Manuel Santos, sancionó la Ley 1846 de 18 de julio de 2017, por medio del cual de modifican los artículos 160 y 161 del Código Sustantivo del Trabajo, por medio de la cual se autoriza el pago de recargo nocturno desde las 9:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana.
Así mismo, establece que el empleador y el trabajador podrán acordar “jornadas diarias flexibles” de 48 horas semanales.
Para conocer la Ley 1846 completa, haga clic aquí.
Publicado en
Leyes
Etiquetado como
Lo último de Richard santa
- Concepto 302, Propiedad Horizontal - Intereses de mora
- Emprendedores de economía popular podrán acceder a créditos
- Resolución 271, derechos compensatorios provisionales a importación de leche en polvo
- Concepto 295, CTCP sobre PH – Funciones del Revisor Fiscal
- Concepto 292, CTCP sobre Contratos de Publicidad
Inicia sesión para enviar comentarios