Circular 001, Superfinanciera modifica los formatos 443 y 460 de NIIF
Richard santaMediante la Circular Externa 001 de 2015, la Superintendencia Financiera modificó los Formatos 443 – NIIF (Proforma F.1000-119) y 460 – NIIF (Proforma F.1000-127).
El texto de la Circular Externa es el siguiente:
“En virtud a las modificaciones del 9 de enero y del 3 de febrero ambas del 2015 a la Circular Reglamentaria Externa DODM – 147 expedida por el Banco de la República, mediante las cuales se establecieron las disposiciones normativas que se deben tener en cuenta para calcular el encaje requerido de los establecimientos de crédito se requiere efectuar algunos ajustes a los formatos de la referencia.
Así las cosas, esta Superintendencia en ejercicio de sus facultades, en especial de las establecidas en el numeral 5 del artículo 97 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y las señaladas en los numerales 9 y 14 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, considera necesario impartir las siguientes instrucciones:
PRIMERO. Modificar los siguientes formatos e instructivos que se relacionan a continuación, los cuales aplican para las entidades que hacen parte del grupo 1, que están cumpliendo con las NIIF desde el 1 de enero de 2015.
1.1 Formato 443 – NIIF (Proforma F.1000-119) “Declaración del Encaje en Moneda Legal”.
1.2 Formato 460 – NIIF (Proforma F.1000-127) “Exigibilidades FINAGRO”.
PARÁGRAFO. Las modificaciones al Formato 443 – NIIF (Proforma F.1000-119) aplica para el periodo requerido desde el miércoles 31 de diciembre de 2014 al martes 13 de enero de 2015, y disponible del miércoles 21 de enero al martes 03 de febrero de 2015, con fecha de transmisión inicialmente prevista para el martes 10 de febrero de 2015.
Teniendo en cuenta la modificación realizada, se amplía el plazo de transmisión hasta el martes 17 de febrero de 2015; las demás fechas del calendario se mantienen vigentes. Para el Formato 460 – NIIF (Proforma F.1000-127) aplican desde el primer trimestre de 2015.
Se pondrán a disposición de las entidades vigiladas los instructivos y formatos antes descritos bajo la versión NIIF en la página Web de la SFC.
La presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación”.
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