El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 551 del 15 de abril de 2020, por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
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El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 551 del 15 de abril de 2020, por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
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Buenos días, agradezco si alguien me puede dar claridad si esta exención aplica tanto para los bienes importados y vendidos en el pais como para los bienes importados, y las ventas en el país. pues pareciera que no hay equidad si los importados tiene IVA al 0% y los fabricados y producidos en el país tienen un IVA del 19% cuando a fondo el bien es el mismo y se requiere con la misma urgencia asi se importe o se fabrique lo que se busca es que halla disposición de estos en la emergencia
Este decreto dice que su vigencia es desde su publicación. NO debería ser publicado en el diario oficial?
Buenas tardes, sr Jose, como hacemos para validar su comentario porque las empresas lo están entendiendo que aplica tambien para los bienes fabricados en Colombia
El Decreto 551 del 15 de abril de 2020, se refiere a bienes exentos importados y vendidos en el país, y no hace alusión a los bienes
fabricados y vendidos en el país de los mismos bines indicados como exentos.