La DIAN publicó el proyecto de resolución Por la cual se precisan los requisitos, el procedimiento y las condiciones para la cancelación de oficio de la inscripción del Registro Único Tributario (RUT) por inactividad tributaria.

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 22 de febrero de 2025, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios del 11 al 12 de febrero de 2025 hasta las 12 de la noche. " Por el cual se modifica el inciso transitorio del parágrafo 1 del artículo 1.6.5.3.3.1. de la Sección 3 del Capítulo 3 del Título 5 de la Parte 6 del Libro 1 y el inciso transitorio del parágrafo 4 del artículo 1.6.6.2.3 del Capítulo 2 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para ampliar de manera transitoria el plazo del cierre del banco de proyectos de inversión de Obras por Impuestos para la vigencia 2025.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Con el fin de facilitar las operaciones y trámites aduaneros en la Zona Franca de Rionegro, la Dirección Seccional de Aduanas de Medellín presta el servicio de inspección física y documental de las declaraciones de importación sometidas a selectividad en el depósito de entregas directas del grupo de Importaciones, así como las operaciones de tránsito aduanero, los sábados en horario de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.

Esta medida se implementa en cumplimiento del Decreto 659 del 22 de mayo de 2024.

Igualmente, el grupo de Exportaciones continuará brindando atención los sábados en los turnos y horario habitual de 7:00 a. m. a 11:00 p. m.

En caso de requerir un horario adicional o diferente, el usuario debe enviar la solicitud, de acuerdo con el trámite requerido, a los siguientes correos:

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El Ministerio del Trabajo desde la Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar, se encuentra en la última fase de verificación de información para la participación efectiva de las beneficiarias y beneficiarios de la iniciativa territorial “Plan de Empleo”-BID.

Dicho proceso contempla la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria para el acceso a la transferencia monetaria, por lo que una vez haya finalizado se dará paso al giro de las mismas.

Es de aclarar que la iniciativa “Plan de Empleo” contempla la entrega de transferencias monetarias condicionadas, como una medida que busca mitigar las barreras que enfrenta la población destinataria en la inserción al mercado laboral.

Así mismo, busca generar una apuesta con enfoque territorial que permita visibilizar las oportunidades de empleo digno y decente en las regiones y departamentos del país, propiciando la reactivación económica y productiva; en procura de ampliar el alcance de los mecanismos para el fortalecimiento de la política de empleo y con ello promover la generación de condiciones de estabilidad social, derechos laborales y oportunidades para el desarrollo.

La población beneficiaria se encuentra en los departamentos de Cundinamarca, Risaralda, Quindío, Norte de Santander, Putumayo, Caquetá, Arauca y Meta.

La Superintendencia de Sociedades informa a todas las entidades empresariales y cámaras de comercio del país, que ya se encuentra disponible el cronograma para la presentación de los estados financieros corte a 31 de diciembre de 2024.

Frente a los requerimientos de información financiera que realiza la entidad, a través de la Circular Única de Requerimiento de Información Financiera CURIF, la Superintendencia de Sociedades, en aras de mejorar el ejercicio, generar mayor entendimiento, seguridad y facilitar la consulta a todos los supervisados, dispone el cronograma de plazos para la presentación de los informes, haciendo clic aquí.

Las fechas de presentación están organizadas de acuerdo con los dos (2) últimos dígitos del NIT. Los plazos inician a partir del 8 de abril hasta el 13 de mayo de 2025.

La Superintendencia de Sociedades presenta el informe sobre la industria de las bicicletas, basado en la información financiera de 39 sociedades de esta industria reportada entre los años 2019 y 2023. De estas, 23 son las empresas más grandes del sector y tienen como actividad principal la desarrollada por esta industria.

Las restantes 16, participan de forma indirecta, mediante actividades complementarias como la fabricación de partes, distribución o servicios asociados a la misma. El informe identifica tendencias financieras en activos, pasivos, patrimonio, resultados integrales, índices y otros aspectos relevantes.

De acuerdo con el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, “Este informe revela que, el fortalecimiento patrimonial en los últimos cinco años y la generación constante de ganancias de las sociedades analizadas, sumado al aumento en la producción y comercialización de un medio de transporte que impacta positivamente el medio ambiente y la salud de quien utiliza éste, permiten presagiar que el sector de la industria de las bicicletas en el país tiene un potencial de crecimiento sostenible y de expansión a mercados nacionales como internacionales en un futuro próximo”.

En este informe se destacan las siguientes conclusiones clave:

- El Plan Nacional de Desarrollo (2022-2026) promueve acciones de alto impacto en el fomento de medios de transporte sostenibles a través estrategias como el Programa Nacional de Fomento al Uso de la Bicicleta y la Estrategia Nacional de Movilidad Activa, que buscan incrementar su uso, reducir el impacto ambiental y cumplir compromisos climáticos. Estas políticas, alineadas con los resultados financieros del presente estudio, destacan el potencial económico y social de la industria de las bicicletas como motor de desarrollo en las regiones del país.
- Entre el año 2019 al 2023, se presenta un crecimiento sostenido en la industria de las bicicletas, evidenciado en el fortalecimiento patrimonial dado por el incremento del activo en un mayor grado que sus obligaciones.
- Al cierre del año 2023, las sociedades cuya actividad se relaciona directamente con la industria de la bicicleta generaron más de un billón de pesos por concepto de ingresos relacionados directamente con su operación, lo que adicionalmente les ha permitido mantener ganancias durante todos los periodos analizados.
- De la muestra analizada, al cierre de 2023, 10 de las sociedades que generan sus ingresos de operación de manera directa con la industria de las bicicletas, se encuentran dentro de las 10.000 empresas más grandes del país ranqueadas de acuerdo con el total de sus ventas. Cabe destacar que una de ellas ocupa el puesto 467 en este ranking.
- El 37% de los adultos en Colombia utiliza la bicicleta al menos una vez por semana, lo que posiciona al país como líder en el continente en el uso de este medio de transporte.
- Eventos como el Giro de Rigo, el Gran Fondo de Nairo Quintana y la Vuelta a Colombia Femenina han impulsado el turismo y la economía local, fortaleciendo la industria y promoviendo a Colombia como destino ciclista de clase mundial.
- Colombia se destaca como uno de los mejores destinos de cicloturismo en el mundo por su diversidad geográfica, su historia ciclista y su oferta en paquetes turísticos.

Para conocer el informe completo, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación pone a discusión del público el proyecto de resolución que modifica el Plan Único de Cuentas de las instituciones de educación superior.

Los interesados podrán enviar sus comentarios hasta el 24 de febrero.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

El Gobierno Nacional emitió una nueva serie de decretos en el marco de la Conmoción Interior este 5 de febrero:

Decreto 0137 del 5 de febrero de 2025

"Por medio del cual se adoptan medidas extraordinarias e integrales de protección para personas, grupos y comunidades afectadas por las graves violaciones a los derechos humanos y DIH, ocasionados por los grupos armados organizados y otros actores violentos, que originó la declaración del estado de conmoción interior en el área de influencia geográfica definida en el Decreto 0062 de 2025".

Para conocer el Decreto 137, haga clic aquí.

Decreto 0136 del 5 de febrero de 2025

"Por el cual se establecen medidas relacionadas con el Sistema General de Participaciones, para impedir la extensión de los efectos derivados de la situación de orden público en el marco del Estado de Conmoción Interior en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar'.

Para conocer el Decreto 136, haga clic aquí.

Decreto 0135 del 5 de febrero de 2025

"Por el cual se adoptan medidas en materia presupuestal y fiscal para las entidades territoriales, para impedir la extensión de los efectos derivados de la situación de orden público en el marco del estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar".

Para conocer el Decreto 135, haga clic aquí.

Decreto 0134 del 5 de febrero de 2025

"Por el cual se adoptan medidas para límitar el uso de sustancias y productos químicos controlados, en el marco del Estado de conmoción interior declarado en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar".

Para conocer el Decreto 134, haga clic aquí.

Decreto 0133 del 5 de febrero de 2025

"Por el cual se adoptan medidas en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el marco del estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar'.

Para conocer el Decreto 133, haga clic aquí.

Decreto 0132 del 5 de febrero de 2025

Por el cual se adoptan medidas de orden público sobre combustibles en el marco del Estado de Conmoción Interior declarado mediante el Decreto 0062 del 24 de enero de 2025.

Para conocer el Decreto 132, haga clic aquí.

Decreto 0131 del 5 de febrero de 2025

"Por el cual se establecen medidas relacionadas con los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos de la Asignación para la Inversión Regional del 40% en cabeza de las regiones, de la Asignación para la Paz y de la Asignación Ambiental del Sistema General de Regalías, en el marco del estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar".

Para conocer el Decreto 131, haga clic aquí.

El Boletín de Deudores Morosos del Estado - BDME es la relación de las personas naturales y jurídicas que a cualquier título, a una fecha de corte, tienen contraída una obligación con una entidad pública de cualquier orden o nivel, cuya cuantía supera los cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y más de seis (6) meses de mora, o que habiendo suscrito un acuerdo de pago, lo haya incumplido.

En virtud del parágrafo 3º del artículo 2º de la Ley 901 de 2004, y del numeral 5º del Art 2º de la Ley 1066 de 2006, todas las entidades públicas tienen la obligación de enviar a la Contaduría General de la Nación - CGN, el Boletín de Deudores Morosos del Estado - BDME, el cual debe transmitirse por el sistema CHIP, en los 10 primeros días de los meses de Junio y de Diciembre con fecha de corte 31 de Mayo y 30 de Noviembre respectivamente.

Con base en la información recibida, la Contaduría General de la Nación consolida la información y la publica en la página www.contaduria.gov.co en el link Boletín de Deudores Morosos del Estado - BDME.

Para conocer su situación particular frente al BDME, primero debe registrarse en el link "Consultas al Boletín de Deudores Morosos del Estado", para definir una clave de acceso. Una vez registrado podrá efectuar la consulta, digitando el número de identificación. El resultado muestra dos secciones, una referente a cualquier deuda morosa (Ley 901 de 2004) y otra relacionada con el incumplimiento de acuerdos de pago (Ley 1066 de 2006).

En el evento de figurar en el BDME, seleccione adicionalmente el link "Guía del deudor moroso", digitando el código de la entidad que lo reportó, el cual se encuentra a continuación del nombre de la entidad pública (Entidad reportante), en el resultado de la consulta. En esa sección podrá establecer los datos de contacto para solucionar su situación.

Para consultar el Boletín de Deudores Morosos del Estado, haga clic aquí.

Los contribuyentes que realicen el pago total del impuesto predial en Medellín, correspondiente a la vigencia de 2024, se beneficiarán con un descuento del 5 % por cancelar anticipadamente la factura en el primer trimestre de este año y estar al día con las anteriores vigencias. Esta deducción se aplicará hasta el 27 de marzo.

“Queremos invitar a la ciudadanía a realizar el pago anualizado de este impuesto, que es una de las principales fuentes de financiación de nuestro Distrito. En 2023, un total de 354.911 contribuyentes se acogieron a este beneficio. Este año queremos aumentar el número para que, entre todos, impulsemos la recuperación de nuestra ciudad invirtiendo en proyectos de salud, educación, infraestructura y en los diferentes programas sociales”, dijo el secretario de Hacienda, Orlando Uribe Villa.

Los ciudadanos pueden pagar a través de los canales virtuales habilitados, desde el lugar en el que se encuentren y sin necesidad de hacer filas, ingresando al portal www.medellin.gov.co/pagoimpuestos.

Quienes prefieran hacerlo de manera presencial, pueden dirigirse con su factura a las taquillas de Tesorería, en el primer piso del Centro Administrativo Distrital o a las siguientes entidades bancarias: Bancolombia, Banco de Occidente, Davivienda, Banco de Bogotá, Banco AV Villas, Banco Caja Social, BBVA, Colpatria, Coofinep, Confiar, Banco GNB Sudameris y Cooperativa Financiera de Antioquia –CFA.

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