La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 48 del 14 de agosto de 2017, por medio de la cual establece el grupo de obligados a suministrar a la entidad, la información establecida en el Decreto 731 del 5 de mayo de 2017, se señala los obligados, las especificaciones técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.

 

Para conocer la Resolución 48 completa, haga clic aquí.

Cerca de 3.400 productos de 65 capítulos del arancel, correspondientes a materias primas y bienes de capital, tanto para la industria como para la agricultura que no se producen en el país, no volverán a pagar arancel por su importación al país.

 

El presidente Juan Manuel Santos, junto al ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas y la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, firmaron el decreto a través del cual se hace permanente el arancel del 0% para ese tipo de bienes, medida que estaba vigente, de manera temporal, desde el 14 de agosto del 2015.

 

Con la prórroga se excluyen 82 subpartidas que hoy tienen registro de producción nacional. El Gobierno determinó que el 30 de septiembre se actualizará el listado de bienes que se beneficiarán con la rebaja arancelaria, que a tal fecha no registren producción nacional.

 

La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, explicó que esta medida busca impulsar la competitividad del aparato productivo y la creación de empleo y forma parte de las medidas para facilitar el comercio y fortalecer la industria.

 

La eliminación permanente de esos aranceles, que también impacta en un menor valor del IVA, generará ahorros anuales para los empresarios por cerca de 1,4 billones de pesos.

 

Entre los bienes que se benefician con la prórroga de la norma, están máquinas como trilladoras, ordeñadoras y tractores, transformadores eléctricos, motores eléctricos, aparatos de medición, equipos de laboratorio, insumos para la industria química y para la fabricación de medicamentos, generadores, válvulas y materiales para la construcción de vivienda, entre otros.

 

“Es un beneficio para todo el aparato productivo que lo ayuda a ser más productivo y más competitivo. Estas materias primas y esa maquinaria, ayudan a transformar bienes, a agregar valor a productos que se exportan a diferentes mercados”, dijo la Ministra.

 

Esta medida se enmarca dentro de la política de facilitación del comercio que se ha trazado el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la cual se adelanta un trabajo constante para reducir las barreras y despejar el camino que lleve a seguir aumentando las exportaciones de bienes no minero energéticos. Se identificaron 1.120 barreras, de las cuales ya se ha solucionado el 75%.

 

Igualmente, se trabajó en la renovación de los instrumentos de promoción a las exportaciones. En el Plan Vallejo se incluyeron nuevos bienes y materias primas, mejorando el acceso para 636 nuevas partidas que pueden entrar al país con cero arancel y el pago del IVA diferido en un periodo largo de tiempo, con la condición de que se usen para transformar bienes para ser exportados.

El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que dentro de las medidas del Gobierno Nacional para impulsar el consumo y al mismo tiempo, proteger el medio ambiente y el bolsillo de los colombianos, el Ministerio de Hacienda reglamentará el impuesto sobre las ventas en la adquisición de neveras nuevas para sustitución.


El Jefe de la cartera de Hacienda aclaró que ya está publicado en la página web del Ministerio, para comentarios, el decreto que le facilitará el acceso a refrigeradores de última tecnología a hogares de bajos ingresos.

“En la Reforma Tributaria creamos un incentivo para la sustitución de neveras ambientalmente ineficientes, no solo con el propósito de proteger el medio ambiente, sino considerando que éstos consumen una parte muy importante del subsidio de energía de los estratos bajos”, aseguró el funcionario.

Y agregó: “el decreto que esperamos expedir reglamenta la tarifa preferencial del 5% en IVA para las neveras nuevas, cuyo precio sea igual o inferior a $956.000 (30 UVT), beneficio al que podrán acceder personas de estrato 1, 2 o 3 y que en el momento de la compra entreguen su nevera usada”.

El titular de la cartera de Hacienda además explicó que esta medida también busca aumentar el nivel de ingreso de las familias más vulnerables al disminuir el valor que pagan por el servicio de energía con neveras de última tecnología.

"La nevera representa cerca del 40% del consumo de energía de un hogar de estratos bajos. Una nevera nueva consume la mitad de la energía que consume una nevera vieja. Con la tarifa preferencial del IVA, se estimula el cambio a neveras eficientes.", concluyó.

Como parte de una propuesta de 10 puntos que busca reactivar la economía, Guillermo Botero Nieto, presidente de Fenalco, hizo un llamado al Gobierno nacional y al Congreso para que los meses de noviembre y diciembre suspendan los tres puntos adicionales del IVA, derivados de la pasada Reforma Tributaria.

 

El presidente de los Comerciantes aseguró que el IVA ya ha sido suspendido con éxito en ciertas zonas del país, en especial las fronterizas, para superar las crisis económicas.

 

Así mismo, los comerciantes proponen al Gobierno expedir una directriz presidencial en la que se comprometa a eliminar dos regulaciones por cada nueva propuesta regulatoria que pueda imponer obstáculos a la empresa privada. Es de conocimiento general que la sobrerregulación es un problema con el que tiene que lidiar el sector empresarial colombiano, de hecho en la actualidad, según datos del Departamento Nacional de Planeación se expiden diariamente en promedio, 2,8 decretos, 11,2 resoluciones y 15,4 normatividades.

 

Por otra parte la tasa de usura, que acaba de ser modificada por el Gobierno nacional, debería ser 1.25 veces el interés bancario corriente y no 1,50%.

 

Por último el comercio sugirió una reforma arancelaria integral, lo que ayudaría a disminuir el contrabando y la evasión. Se deben tomar medidas urgentes para eliminar las llamadas medidas paraarancelarias Además, se debe reforzar la seguridad jurídica para incentivar la inversión extranjera.

 

En la actualidad existen más de 25.000 barreras no arancelarias vigentes en Colombia, como por ejemplo, los reglamentos técnicos. Así mismo, según información de Juan José Echavarría, en 2012, el 62% de las partidas arancelarias tenían alguna barrera no arancelaria para su importación a Colombia.

La Superintendencia de Sociedades emitió un concepto el 28 de julio de 2017 en el cual responde a las siguientes preguntas sobre fusión de sociedades en el exterior:

 

1. si dos sociedades del exterior, que previamente habían establecido cada una de ellas una sucursal en Colombia, se fusionan, ¿qué ocurre en Colombia con la sucursal de la sociedad del exterior que fue absorbida?

 

2. en el entendido de que una sociedad del exterior sólo puede establecer en Colombia una sucursal, ¿con ocasión de la fusión por la que se consulta se entiende que la sucursal de la sociedad absorbida puede permanecer jurídicamente vigente, al igual que la sucursal previamente establecida por la sociedad absorbente?

 

3. a partir de la fusión de las sociedades del exterior, la sucursal de la sociedad absorbida carece de capacidad jurídica para actuar, así sea obligando a su casa matriz pues aquella ya no existe, y por ende ni puede ejercer derechos ni puede contraer obligaciones?

 

Finalmente, pregunta si las conclusiones a las consultas anteriores, son distintas en tanto no se hayan realizado los trámites en Colombia que reflejen la integración ocurrida en el exterior.

 

Para conocer la respuesta de la Supersociedades completa, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 25 de agosto de 2017, el Proyecto de Decreto “Por el cual se sustituyen y modifican artículos de los Capítulos 1, 2, 3 y 4 del Título 2 de la Parte 2 y el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, en lo relacionado con las modificaciones introducidas al Régimen de Precios de Transferencia por la Ley 1819 de 2016”.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

Después de casi un mes de trabajo entre el Gobierno con los empresarios de los sectores de textiles y confecciones, se acordó la expedición de un decreto de control aduanero específico para los productos de la cadena textil.

 

“Los decretos que hoy existen y que se han mencionado operan para el sector de las confecciones. El de textiles no cuenta con esta medida, razón por la cual el Gobierno ha venido trabajando conjuntamente con los textileros para mirar herramientas que nos permitan ayudar también a ese sector a hacer un control aduanero, tal como lo hemos hecho con el de las confecciones”, dijo la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture.

 

La decisión se adoptó durante una reunión de seguimiento que se acordó desde la reunión sostenida en el marco de Colombiamoda entre la Ministra Lacouture con los representantes de los dos sectores, así como la Dian y la Policía Fiscal Aduanera.

 

En la última reunión, se definió que en el decreto que se trabajará, junto con la Dian, para textiles, se establecerá un umbral de precios para la importación de esa clase de productos con el propósito de que los que ingresen por debajo de ese umbral, deberán ser sometidos al control de las autoridades aduaneras.

 

Explicó que aún no se han definido ese tope, pero es un trabajo en el que desde ya trabaja el Ministerio. Posteriormente se publicará el proyecto de decreto por 15 días para los comentarios de los diferentes actores y luego de observaciones que surjan y de ajustes, irá para las respectivas firmas.

 

La Ministra Lacouture también aclaró que la medida que tomó Fabricato, es preventiva y la misma empresa lo ha aclarado así.

 

“Ellos lo han anunciado y lo han hecho con anticipación, no es una medida de último momento, se venía desarrollando y la empresa lo tenía dentro de sus estrategias. No se puede permitir que haya una desinformación”, aclaró la Ministra.

 

Por su parte, para el sector de las confecciones, que es para el que rige el decreto actual, se trabaja para complementar los controles aduaneros actuales, introduciendo una variable adicional de peso por prenda.

 

Además, desde hace cerca de un mes se trabaja con los empresarios de las confecciones para establecer un reglamento técnico fijo de marquillas para definir las reglas claras de juego para las diferentes prendas de vestir, que se establecerá a través de una resolución del Ministerio de Comercio.

La Contaduría General de la Nación actualizó el Marco Normativo para Entidades de Gobierno y el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público; y, en sus componentes Catálogo General de Cuentas y Procedimientos Contables.

 

Así mismo, se actualizan los procedimientos transversales en su componente Procedimiento para la preparación y publicación de los informes financieros y contables mensuales.

 

Para la consulta sobre el Marco Normativo Entidades de Gobierno, Marco Normativo Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público y Procedimientos transversales, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación informó que se actualizó el Régimen de Contabilidad Pública Versión 2007 y sus modificaciones, en sus componentes Catálogo General de Cuentas y Procedimientos Contables anexos al Manual de Procedimientos, adoptado por la Resolución 356 de 2007.

 

Para su consulta, acceda a RCP Versión 2007 y sus modificaciones, haciendo clic aquí.

En julio, el recaudo de los tributos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, fue de $11.4 billones, representando una variación nominal de 15.5% frente al mismo mes de 2016. Por IVA y retenciones en la fuente a título de renta, IVA y timbre se recaudaron $8,2 billones, esto es, el 72.6% del total recaudado en el mes.

 

Contribuyó a esta variación el recaudo del Impuesto al Valor Agregado –IVAque presentó un incremento de 29.1%, pasando de $3.4 billones en julio de 2016 a $4,3 billones en julio de 2017.

 

Con este nivel de recaudo, el IVA contribuyó con el 9.9% de la variación total del recaudo del mes, explicada fundamentalmente por tres (3) factores: 1) el incremento de la tarifa general del IVA que pasó de 16% a 19%; 2) los resultados de la gestión de control de declaración y cobro del impuesto que viene desplegando la DIAN desde comienzos del año y 3) los efectos inducidos por la tipificación del no cobro del IVA como delito penal a partir de la Ley 1819 de 2016.

 

El recaudo por retenciones en la fuente a título renta, IVA y timbre presentó un aumento de 4.5%, pasando de $3.7 billones en julio de 2016 a $3,9 billones en julio de 2017.

 

El recaudo de los tributos que corresponden a la actividad económica interna fue de $9,6 billones y los restantes $1,8 están asociados al recaudo de tributos externos en las operaciones de comercio exterior.

 

Enero – Julio
El recaudo bruto acumulado de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN– para el período enero – julio de 2017 alcanzó la cifra de $85,5 billones, valor que representa una variación nominal de 6.2%, respecto al mismo período de 2016, en el que se logró recaudar la suma de $80,6 billones.

 

Esta variación se explica principalmente por el comportamiento del recaudo del Impuesto al Valor Agregado –IVA– también, revelando un incremento de 22.2%, al pasar de un recaudo de $16,6 billones en el período enero – julio de 2016 a $20,3 billones en el mismo período de 2017, variación debido, de una parte, a los efectos de la reforma tributaria (paso de la tarifa general de IVA de 16% a 19%, a la tipificación del no pago del IVA como delito penal) y de otra, a los resultados de la gestión de la Dian en control y cobro.

 

Otro impuesto que aportó de manera significativa en la variación fue el Impuesto de Renta y Complementarios que mostró un crecimiento nominal del 39.4% pasando de $9,2 billones en 2016 a $12,8 billones en 2017, mostrando una contribución a la variación de 4.5%. Este crecimiento se explica principalmente por la liquidación y pago del anticipo de la sobretasa al impuesto sobre la renta y complementarios, creada por la Ley 1819 de 2016, y que corresponde al 6% de la renta líquida gravable menos 800 millones de pesos.

 

De manera agregada, el recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la cifra de $73,7 billones mostrando una variación nominal de 5.9%, respecto al mismo período de 2016 que fue de $69,6 billones.

 

Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA), se incrementaron en 7.6%, recaudándose $11,8 billones frente a $10,9 billones en 2016.

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