El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 837 del 24 de septiembre de 2020, referente a los efectos de la emergencia sanitaria en la NIC 19.

En el documento, la entidad responde a la siguiente consulta:

… - Con oportunidad de la emergencia sanitaria mundial, se ha producido algún cambio en el párrafo 83 de la norma NIC 19, relativo a tasa de descuento de cálculos actuariales para beneficios a empleados. En caso afirmativo, por favor aportar nueva reglamentación.
‐ Con origen en este mismo evento mundial, ¿existen otros cambios en las normas internacionales que hayan modificado los parámetros técnicos a emplear en la elaboración de cálculos actuariales? En caso afirmativo, por favor aportar soporte documental.
Formulo las anteriores consultas, porque se prevé una disminución en las tasas de descuento (Tasas de interés que reconoce el Gobierno Nacional), lo cual representará un aumento en la cuantía de cálculos actuariales al finalizar el año, bajo la consideración actual de adopción de tasa de descuento en la última fecha del año y no del promedio durante el mismo....”

Para conocer el Concepto 837, haga clic aquí.

Por medio del Concepto 819 del 24 de septiembre de 2020, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a la siguiente consulta sobre reconocimiento de costos por préstamos:

“… Una Constructora suscribe un contrato EPC con una Entidad Pública para construir una obra de infraestructura vial en Colombia durante un plazo de 5 años. La Constructora reconoce los ingresos utilizando el método del recurso, con base en la proporción de los costos incurridos en relación con los costos totales esperados para la ejecución de la obra, según lo definen los párrafos B18 y B19 NIIF 15, dentro de los cuales se excluyen algunos gastos no relacionados con la satisfacción completa de una obligación de desempeño, entre ellos los costos por préstamos. Ahora bien, la contrapartida del reconocimiento del ingreso, en la medida en que se ejecutan los costos de la obra, corresponde a la cuenta de Activos del contrato, hasta tanto no se emita la factura de venta (derecho incondicional de pago) a la Entidad Estatal.
Para la ejecución del contrato, la Constructora solicitó una importante financiación con Entidades Bancarias y partes relacionadas, con lo cual requiere conocer su opinión respecto a:
1. ¿Podría la Constructora capitalizar los costos por préstamos, dentro de la cuenta de Activos del contrato, y en consecuencia, un Activo del contrato puede ser considerado como un activo apto?
2. ¿Los costos por préstamos pueden ser incorporados como un costo incurrido dentro de la aplicación del método del recurso que establece la NIIF 15?
Sin ser un dato menor, dentro de los presupuestos de la obra se consideraron los costos financieros como importe recuperable del plan de obras presentado a la Entidad Estatal....”

Para conocer el Concepto 819, haga clic aquí.

La Corte Constitucional tumbó el Decreto 811 de 2020, el cual permitía salvar las empresas afectadas por la pandemia por medio de la compra de acciones y luego enajenarlas.

En el fallo, la Corte acoge algunos de los argumentos de la Procuraduría en el sentido de que no superó los juicios de necesidad, conexidad, finalidad y contradicción especifica en relación al estado de Emergencia.

La Superintendencia Financiera de Colombia - SFC presentó la Guía de mejores prácticas para la construcción de modelos de segmentación relacionados con los factores de riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo LA/FT.

El lanzamiento se realizó durante la primera sesión del Comité de Supervisión de Prevención de Lavado de Activos y que contó con la presencia de más de 150 asistentes, entre oficiales de cumplimiento, representantes de organismos internacionales como Gafilat, OFAC y Naciones Unidas y de entidades del orden nacional como la Fiscalía General de la Nación, la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la UIAF.

Para conocer la Guía de Mejores Prácticas para la construcción de modelos de segmentación relacionados con los factores de riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, haga clic aquí.

Miércoles, 23 Septiembre 2020 12:26

Senado aprueba proyecto que amplia subsidio del PAEF

La plenaria del Senado aprobó el proyecto que busca ampliar la vigencia temporal del programa de apoyo al empleo formal – PAEF.

El senador, David Alejandro Barguil, ponente del proyecto, manifestó “esta iniciativa busca beneficiar a tres millones de colombianos afectados por la pandemia. Se protegerá a todas las empresas que se hayan afectado en un 20% en sus ingresos".

Indicó que la extensión será hasta marzo de 2021 del subsidio a la nómina para trabajadores de las empresas afectadas por la pandemia. En sectores turismo, gastronomía, hotelería, artístico, entretenimiento y recreación, el subsidio para cada empleado será del 70%.

Se amplía también el programa para el apoyo a la prima de servicios de diciembre de 2020. De esta manera los trabajadores que ganen hasta un millón de pesos recibirán:

• Subsidio del 50% para su prima de final de año.
• Subsidio del 50% para prima de diciembre de trabajadores que ganan hasta 1 millón de pesos.
• Subsidio del 40% al salario mínimo de cada empleado en todas las empresas afectadas por pandemia.

Para el sector turismo, hotelero y gastronómico el subsidio a la nómina será del 50%

Por su parte el senador Richard Aguilar (Cambio Radical), presentó una proposición sobre los artículos referente al sector cultural y turístico, entretenimientos hoteleros, y de recreación, para que reciban un subsidio del 50%.

El proyecto espera la conciliación de las dos cámaras.

La Corte Constitucional declaró inexequible parte del Decreto Legislativo 807 de 2020 en relación con medidas tributarias transitorias, devoluciones y compensaciones. Inspección Tributaria virtual. Inspección contable virtual. Visitas administrativas virtuales de inspección, vigilancia y control tributario y cambiario.

La norma señala Artículo 1. Modificación del inciso 1 del artículo 1 del Decreto Legislativo 535 de 2020. Modifíquese el inciso 1 del artículo 1 del Decreto Legislativo 535 de 2020, el cual quedará así: «Hasta el diecinueve (19) de junio de 2020, los contribuyentes y responsables del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas -IVA que no sean calificados de riesgo alto en materia tributaria se les autorizará la devolución y/o compensación de los respectivos saldos a favor mediante el procedimiento abreviado dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud de devolución y/o compensación oportunamente y en debida forma.»

En este caso la Corte observó que con la presente norma el Gobierno no justificó adecuadamente lo que se dijo en el Decreto en la parte motiva y lo que dijo el Gobierno en las intervenciones.

En este caso la magistrada Cristina Pardo salvó su voto parcial al considerar que se debía mantener el procedimiento abreviado de devoluciones hasta el final de la emergencia sanitaria y no hasta el 19 de junio de 2020.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que personas inescrupulosas están enviando mensajes falsos a nombre de la entidad, por medio de un buzón que simula el nombre de la DIAN; utilizan como asunto:

"Notificación de evasión de pago de impuestos", en donde le dicen al ciudadano sobre una sanción y multa de 200 salarios mínimos y que si quiere evitarlo debe descargar un documento detallado de un enlace que contiene el mensaje, además el correo falso termina firmado por el Gerente de Factura Electrónica para hacerlo más creíble.

La DIAN ya realizó la denuncia en el COLCERT (Grupo de Respuestas a Emergencias Cibernéticas de Colombia) y otras entidades para su revisión; conoce todas las recomendaciones de esta entidad en el siguiente enlace: https://twitter.com/colCERT/status/1305890578702491648?s=20

La DIAN reitera la recomendación de siempre comprobar la veracidad de los correos enviados para la entidad ingresando a "Verificar correo DIAN".

Martes, 22 Septiembre 2020 08:59

Gobierno estudia plan de salvamento del empleo

El Gobierno nacional alista medidas adicionales para darle oxígeno al sector productivo y al empleo de los colombianos en el proceso de reactivación económica. Este lunes, en la segunda Comisión consultiva para el financiamiento empresarial, presidida por la Vicepresidente Marta Lucía Ramírez, los empresarios entregaron un paquete de propuestas que serán estudiadas en las próximas dos semanas.

“Hemos escuchado los planteamientos sobre las garantías, sobre las tasas de interés, sobre la manera en que podemos tener más acceso del sector real a la financiación. Acordamos hoy que el Gobierno va a analizar su viabilidad, cuáles necesitan una ley, o cuáles se pueden acoger con decretos o resoluciones de alguna de las superintendencias: financiera o de sociedades. Si alguna de las propuestas no resulta viable, también lo informaremos así al sector privado. Máximo en 15 días, va a haber un pronunciamiento del Gobierno, recogiendo la totalidad de medidas adicionales que se van a adoptar para el salvamento financiero de las empresas, para la reestructuración de sus créditos”, señaló la Vicepresidente.

El documento presentado por el sector privado enfatizó en la necesidad de estimular la demanda, incluir todo tipo de empresas (grandes, medianas, pequeñas micro e independientes) con productos acordes a las necesidades de cada una, mirar opciones no tradicionales, ampliar el mecanismo de garantías estatales y considerar que existen casos donde la necesidad no es de crédito sino de capitalización.

Una de las prioridades en este proceso, es la población informal, que requiere garantías y apoyo en el camino a la formalización, tarea que ha venido liderando, de la mano de Confecámaras.

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, expresó que otro planteamiento de los empresarios como es la reapertura de todos los sectores sin restricciones también está dentro de las prioridades del Gobierno, el cual insistirá ante los alcaldes, quienes tienen la potestad de tomar estas decisiones. “La premisa es una reapertura pronta con responsabilidad y disciplina en todos los municipios del país”, dijo.

Juan Pablo Zárate, viceministro de Hacienda, recordó que el Fondo Nacional de Garantías dispone de los medios para ampliar sus capacidades hasta $40 o $50 billones, en línea con una de los planteamientos empresariales.

Para los pequeños y medianos empresarios, que aún llevan sobre sus hombros el impacto de la pandemia, este trabajo articulado representa un bálsamo para mantener el crecimiento y el empleo.

“Recibimos con gran optimismo la creación de esta comisión en donde está ANDI, Acopi, Fenalco, los pequeños empresarios, empresarios informales, los comerciantes, los restaurantes, una gran cantidad de agentes de los que arman todo el tejido empresarial de nuestro país, además, del sector servicios, gimnasio, confecciones y textiles. Trajimos a la mesa un poco los dolores, las angustias, las afugias y las necesidades de los empresarios, que fue la tarea que, de alguna forma, nos encomendó el Gobierno. Hicimos una presentación de ocho grupos de solicitudes, recomendaciones, ideas, que esperamos sean estudiadas”, señaló Bruce Mac Master, presidente de la ANDI.

La Cámara de Representantes del Congreso de la República de Colombia dio vía libre, en cuarto y último debate, al proyecto de ley por medio del cual se aprueba el Convenio suscrito entre los Gobiernos de la República de Colombia y la República Francesa para evitar la doble tributación y prevenir la evasión y la elusión fiscal, con respecto a los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, suscritos en Bogotá el 25 de junio de 2015.

Este Convenio será un instrumento fundamental para remover los obstáculos creados por la doble tributación internacional al comercio, la inversión y el intercambio en general entres los dos países. Una vez entre en vigor, el Convenio permitirá mejorar la competitividad de nuestras empresas, beneficiará a personas naturales y abrirá nuevas y mayores oportunidades comerciales y culturales para nuestro país.

Adicionalmente, será una herramienta fundamental de cooperación internacional entre las autoridades tributarias de ambos países para, juntos, combatir con mayor vehemencia la evasión y la elusión tributaria.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de la mano con las entidades que integran el sector, modificarán o derogarán circulares identificadas por empresarios y ciudadanos.

El Ministerio abrió una convocatoria para que los colombianos señalen las circulares que generan costos innecesarios y son un obstáculo para la productividad.

“La estrategia Estado Simple, Colombia Ágil ha sido posible gracias al aporte de los colombianos. Desde un principio convocamos a gremios, ciudadanos, academia y empresarios para que nos ayudaran a identificar trámites, barreras y normas donde se requerían acciones de racionalización. En ese sentido, diseñamos las agendas sectoriales que poco a poco se han ido cumpliendo”, recordó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.

La nueva iniciativa también forma parte de la estrategia “Estado Simple, Colombia Ágil” y consiste en un ejercicio participativo de mejora regulatoria y depuración normativa.

A partir de hoy, los colombianos tienen la posibilidad de conectarse a http://servicios.mincit.gov.co/CircularesObsoletas/login.php , donde a través de un sencillo aplicativo podrán registrarse y postular las circulares que inciden negativamente en el desempeño de sus actividades.

El sector comercio, industria y turismo hará un reconocimiento público de las participaciones que conlleven a una intervención.

En tal sentido, los criterios a identificar deben estar asociados a temas como costos innecesarios, falta de claridad sobre las obligaciones que se generan, normas repetitivas, medidas que correspondan a condiciones de mercado que ya no existen, así como decisiones que fueron rebasadas por el avance de la tecnología o que eran de carácter transitorio, pero aún no han sido derogadas.

La información aportada por los ciudadanos será evaluada por las superintendencias, viceministerios y Secretaria General del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. De acuerdo con los criterios establecidos se definirán aquellas circulares que serán objeto de derogatoria o modificación, aplicando los instrumentos jurídicos pertinentes.

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