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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, por medio de la Resolución 000187 del 28 de noviembre de 2023, fijó en $47.065 el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) para el año 2024.

Como cada año, la administración tributaria hizo el incremento de la UVT con la que define los valores de los impuestos administrados por la DIAN.

Para convertir los valores expresados en UVT a valores absolutos aplicables a los impuestos y obligaciones administrados por la DIAN, es necesario multiplicar el número de las UVT por el valor fijado, en este caso $47.065. El resultado de esta operación debe ser aproximado de acuerdo con el procedimiento indicado en el Estatuto Tributario, en el inciso sexto del artículo 868.

Para conocer la Resolución 187, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN fijó en la Resolución 001264 del 18 de noviembre de 2022 la Unidad de Valor Tributario, UVT en $42.412, aplicable para el 2023.

Como cada año, la administración tributaria realizó el incremento de la UVT, unidad de medida que define los valores de los impuestos administrados por la DIAN.

Este aumento se calculó con la variación acumulada del índice de precios al consumidor para ingresos medios, entre el 1 de octubre de 2021 y el 1 de octubre de 2022, el cual fue de 11.60%.

Para convertir en valores absolutos las cifras y valores expresados en UVT aplicables a los impuestos y obligaciones administradas por la DIAN, se multiplica el número de las UVT por el valor fijado, en este caso $42.412, y su resultado se aproxima de acuerdo con el procedimiento indicado en el Estatuto Tributario.

Para conocer la Resolución 1264, haga clic aquí.

Por medio de la Resolución 1092 del 1 de junio de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, establece el calendario para la implementación del límite de las cinco (5) UVT, como monto máximo para la expedición de los documentos equivalentes generados por máquina registradora con sistema P.O.S.

Para conocer la Resolución 1092, haga clic aquí.

Para mantener el poder adquisitivo de los trabajadores colombianos y que sus ingresos no se afecten, se remitió la resolución 4277 del 27 de diciembre de 2021,por la cual todas las multas, sanciones, tasas y tarifas tales como honorarios que actualmente se liquidan con base en el salario mínimo deberán ser calculadas por los servidores públicos del Ministerio del Trabajo en términos de la Unidad del Valor Tributario, UVT.

Con la expedición de este acto administrativo se da cumplimiento a uno de los compromisos adquiridos en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, con el fin de hacer los ajustes necesarios para que los cobros se realicen estrictamente con base en la inflación.

Al respecto el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, señaló: “Es muy importante para todos los trabajadores que inician con un incremento del salario mínimo y del auxilio de transporte de 10,07 %, el más alto en casi cinco décadas y que se logró con el compromiso del presidente Iván Duque, anunciarles la publicación de la resolución que reducirá algunos cobros”.

“Nos comprometimos como Gobierno a expedir los actos administrativos antes del 31 de diciembre, para efectos de controlar la cascada alcista que genera el incremento del salario mínimo. Vamos a hacer los esfuerzos necesarios e inclusive revisar algunos temas y si es el caso llevar al Congreso de la República, los que requieran convertirse en Ley de la República, para que el salario de los trabajadores tenga un incremento real y se conserve el poder adquisitivo”, anotó.

Para conocer la Resolución 4277, haga clic aquí.

Jueves, 17 Diciembre 2020 13:49

Resolución 111, fija valor de la UVT para el 2021

Por medio de la Resolución 111 del 11 de diciembre de 2020, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales fija el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable para el año 2021.

Para conocer la Resolución 111, haga clic aquí.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, fijó la Unidad de Valor Tributario, UVT, que regirá para el año 2019, en treinta y cuatro mil doscientos setenta pesos ($34.270). El incremento se estableció a través de la Resolución 56 del 22 de noviembre de 2018.

 

Cada año, la DIAN fija el incremento de la UVT que permite determinar las cifras y valores absolutos aplicables a las obligaciones e impuestos administrados por la DIAN.

 

Para aplicar la UVT, se multiplica el número de UVT especificado en la norma por el valor fijado para cada año y el resultado se aproxima de acuerdo con el procedimiento establecido en el Estatuto Tributario.

 

Este aumento se calcula con la variación acumulada del índice de precios al consumidor para ingresos medios, entre el 1° de octubre de 2017 y el 1° de octubre de 2018, que fue de 3.36%.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución No. 000063 del 14 de noviembre de 2017, por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable para el año 2018 en $33.156.

 

Para conocer la Resolución 063 de la DIAN, descargue el archivo adjunto a esta noticia.

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Según Resolución Número 000115 del 6 de noviembre de 2015, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, fijó en $29.753 la Unidad de Valor Tributario – UVT que regirá a partir del 01 de enero de 2016.

 

A fin de convertir en valores absolutos las cifras y valores expresados en UVT, aplicables a las disposiciones de los impuestos y obligaciones tributarias administradas por la DIAN (Art. 868-1 del Estatuto Tributario), se multiplica el número de las UVT por el valor de las mismas, aproximando su resultado de acuerdo con el procedimiento establecido en el Estatuto Tributario en el Inciso Sexto del artículo 868.

 

Para conocer la Resolución 115, haga clic aquí. 

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La DIAN publicó para comentarios el proyecto de resolución por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable para el año 2025.

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 17 de noviembre de 2024.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

Desde el próximo 1 de abril los declarantes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios y declarantes de ingresos y patrimonio que no tengan la calidad de grandes contribuyentes y sean obligados a facturar electrónicamente, deberán implementar el límite de 5 Unidades de Valor Tributario (UVT) correspondiente a $212.060 para 2023, como monto máximo para la expedición de documentos equivalentes generados por máquina registradora con sistema POS.

En consecuencia, por cada operación de venta o prestación de servicio que para el año 2023 supere este monto, sin incluir impuestos, es necesaria la expedición de la factura electrónica de venta con el cumplimiento de los requisitos dispuestos en la normatividad vigente sobre la materia. Lo anterior, teniendo en cuenta que la UVT fijada para 2023 es de $42.412.

Este es el segundo grupo de obligados determinado en la Resolución 1092 del 1 de julio de 2022, proferida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. El primero fue el de los catalogados como Grandes Contribuyentes, quienes aplican dicho límite desde el pasado 1 de febrero.

Es importante que los obligados a expedir factura de venta o documento equivalente, tengan en cuenta que la UVT se actualiza cada año por la DIAN, de modo que el tope con la limitación de los 5 UVT debe establecerse de acuerdo con el valor aplicable a cada año.

Para finalizar, cabe señalar que, el tiquete POS no otorga al adquirente el derecho a impuestos descontables en el Impuesto sobre las Ventas (IVA), ni a costos y deducciones en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios.

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