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Con el ánimo de brindar seguridad jurídica a los agentes de retención ubicados en los departamentos de Cauca y Nariño, y brindar el apoyo a la recuperación económica de dicha región, el Gobierno nacional amplió los plazos para la presentación y pago de la declaración mensual de retenciones y autorretenciones en la fuente de febrero y marzo de 2023, establecidos inicialmente en el Decreto 2487 del 16 de diciembre de 2022.

Es así como con la expedición del Decreto 262 del 24 de febrero de 2023, los agentes de retención del Impuesto Sobre la Renta y Complementario y/o Impuesto de Timbre, y/o Impuesto Sobre las Ventas -IVA, así como los autorretenedores del Impuesto Sobre la Renta y Complementario, que a 31 de enero de 2023 se encontraban domiciliados en los departamentos de Cauca y Nariño, realizarán la presentación de la declaración y pago de las retenciones practicadas en febrero y marzo, entre el 9 y el 23 de mayo de 2023, de acuerdo con el último número del NIT.

La modificación de las fechas se determinó debido a la afectación generada por el cierre de la carretera Panamericana, como consecuencia del derrumbe presentado el pasado 9 de enero de 2023 a la altura del kilómetro 75, del municipio de Rosas en el departamento del Cauca. Lo anterior, generó el aislamiento por vía terrestre, viéndose afectado el normal desarrollo económico de la región.

Si usted es o fue proveedor o contratista de una entidad de la Administración central del Distrito, de un Fondo de Desarrollo Local, de la Veeduría, la Personería o el Concejo —identificados bajo el NIT. 899.999.061-9— y necesita el certificado de descuentos y retenciones nacionales y distritales, aquí le explicamos cómo obtenerlo. Es muy rápido y sencillo.

Ingrese al portal web www.shd.gov.co. En el menú principal, haga clic en “Trámites”. Luego, donde aparece “Servicios virtuales”, elija “Servicios de Tesorería”. Allí se desplegarán dos opciones de certificados, según el periodo que requiera: “anteriores a septiembre de 2020” y “de octubre de 2020 en adelante”. Digite los datos de validación y así obtendrá su certificado.

Pueden seguir este procedimiento quienes hayan realizado un pago de traspaso de vehículo en los Servicios Integrales para la Movilidad (SIM) o los ediles interesados en tener dicho certificado.

También se puede solicitar la expedición del certificado de retención directamente ante la entidad contratante.

En caso de que no pueda obtenerlo por estas vías, puede enviar una solicitud a la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante la dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Miércoles, 29 Septiembre 2021 14:12

Concepto 526, Reconocimiento de retenciones por regalías

Por medio del Concepto 526 del 27 de septiembre de 2021, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio pautas sobre el Reconocimiento de retenciones por regalías. La consulta es la siguiente:

“Teniendo en cuenta que además de ser un Agente de retención en la fuente, el comercializador de minerales es Agente de retención de regalías, a estas retenciones se les debe dar el mismo tratamiento contable y tributario por parte del comercializador?”.

Para conocer la respuesta del CTCP y el Concepto 526 completo, haga clic aquí.

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Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
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