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Decreto 1794, aplicación de derechos antidumping
Por Medio del Decreto 1794 del 30 de diciembre de 2020, el Ministerio de Comercio, adiciona un Capítulo, relacionado con la aplicación de derechos antidumping, al Título 3 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, y se dictan otras disposiciones.
Colombia impone derechos antidumping a importaciones de papel fotocopia que lleguen desde Brasil
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con base en los resultados de una investigación técnica y la recomendación unánime del Comité de Prácticas Comerciales, impuso derechos antidumping definitivos a la importación de papel fotocopia procedente de Brasil.
La medida, que estará vigente por un periodo de 5 años, consiste en que las importaciones del mencionado producto deberán pagar derechos antidumping en la forma de un gravamen ad valorem del 21,78 %, 22,62 % y 30,30 %.
El primer gravamen se aplicará al producto proveniente de la empresa Suzano S.A., el segundo al que llegue de las firmas Sylvamo Do Brasil y Sylvamo Expot Ltda., y el tercero para las demás empresas brasileñas que vendan el mencionado papel a Colombia.
La decisión de imponer esos derechos antidumping se fundamentó en una investigación técnica en la que se comprobó que durante el segundo semestre de 2023 y el primero de 2024 hubo un incremento significativo de las importaciones del producto desde Brasil a precios de dumping.
Adicionalmente, se logró demostrar que esa práctica desleal causó un daño importante a los productores nacionales, que principalmente se materializó en una afectación significativa en sus indicadores económicos y financieros.
Por ejemplo, en el periodo de análisis la producción destinada al mercado interno cayó 18,03 %, el precio del productor nacional solicitante de la medida se redujo a niveles que comprometieron la estabilidad de su operación y la utilidad en niveles cercanos al 122 %, entre otros indicadores.
Todas estas circunstancias llevaron al Comité de Prácticas Comerciales a realizar de manera unánime una recomendación positiva y al Gobierno Nacional a adoptar la medida de defensa comercial.