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Circular 017, MinTrabajo da lineamientos para prevenir contagio del Covid-19

Viernes, 28 Febrero 2020 07:42 Escrito por 

Ante las recomendaciones entregadas por la Organización Mundial de Salud (OMS) y el paso de nivel de riesgo de bajo a moderado del Covid - 19 (o coronavirus), anunciado recientemente por MinSalud, el Ministerio del Trabajo expidió la Circular 017 del 24 de febrero de 2020, en la que se exponen los lineamientos en materia de promoción, prevención para la preparación, respuesta y atención, que se deberán aplicar al respecto, y de manera obligatoria, en los ambientes laborales.

 

Dentro de la circular, se expone una guía de acciones mínimas para que empresarios, trabajadores y ARL, hagan todo lo posible por prevenir el contagio de enfermedades respiratorias, con prácticas sencillas de limpieza, uso de elementos de protección personal y auto cuidado.

 

Empleadores, trabajadores dependientes y contratistas, deberán tomar medidas como establecer canales de comunicación oportunos frente a la notificación de casos sospechosos COVID-19, ante las autoridades de salud competentes (Secretaría de salud distrital, departamental o municipal). También deberán capacitar a los trabajadores sobre técnicas adecuadas para el lavado de manos, suministrarles jabón u otras sustancias desinfectantes y toallas desechables para el secado, y mantener limpias las superficies de trabajo, teléfonos, equipos de cómputo y otros dispositivos y equipos de trabajo que usen frecuentemente.

 

Por su parte, las ARL deberán, entre otras acciones, adelantar acciones de asesoría y asistencia técnica a los empleadores, entidades contratantes, trabajadores dependientes y contratistas sobre los peligros relacionados con el riesgo biológico de la enfermedad. Así mismo, aplicar los protocolos, procedimientos y lineamientos adoptados por MinSalud y capacitar a los trabajadores del sector salud con base en las directrices técnicas definidas por esta entidad, las cuales están dispuestas en su página web.

 

Adicionalmente, los trabajadores también deberán cumplir con las medidas de prevención adoptadas en sus lugares de trabajo por el empleador o contratante: asistir a las capacitaciones realizadas por el empleador o contratante o la entidad Administradora de Riesgos Laborales, poner en práctica las técnicas de higiene, hábitos saludables y lavado de manos, utilizar los elementos de protección personal, como tapabocas de ser requerido, y responder por el uso adecuado de dichos elementos, suministrar información clara, veraz y completa de su estado de salud.

 

Es importante aclarar que, a la fecha, no hay ningún caso de Covid-19, reportado en el país, pero para que esta situación se mantenga, el Gobierno Nacional está uniendo sus esfuerzos, desde la óptica de la prevención, hacia esta y otras enfermedades infecciosas respiratorias, teniendo en cuenta que se aproxima la época de lluvias, que generalmente marca un primer pico epidemiológico de este tipo de enfermedades en el país.

 

Finalmente, es necesario resaltar que no se debe estigmatizar a los trabajadores colombianos o extranjeros, que lleguen al país provenientes de una zona afectada por el Covid-19, para estos casos, en la Circular se explica al identificar estos casos, los primeros 14 días posteriores a su llegada (periodo en el cual se desarrolla la enfermedad), se le recomienda al trabajador estar atento a síntomas como presencia de tos o fiebre, y en caso de presentarlos, acudir a los centros médicos, e incluso, teletrabajar, si es posible en el marco de la actividad de cada empresa.

 

Para conocer la Circular 017, haga clic aquí.

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