La Superintendencia Financiera expidió la Circular Externa 026 del 29 de septiembre de 2017, con la que imparte instrucciones al sistema financiero para facilitar, por una sola vez, el proceso de redefinición de las condiciones de los créditos de aquellos colombianos que han visto afectada su capacidad de pago.
El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, junto al Superintendente Financiero de Colombia, Jorge Castaño, explicaron que la medida corresponde a la aplicación de un estándar internacional que pretende darle una opción al consumidor financiero, para ajustarse al ciclo económico mediante una negociación directa con sus entidades crediticias.
“Esta es una resolución innovadora en el país, que recoge una práctica adoptada particularmente en la Unión Europea, que busca principalmente darles la posibilidad a los deudores de modificar o mejorar las condiciones de sus créditos sin entrar en un proceso de reestructuración, es decir que no tendrá implicaciones en aspectos como la calificación del deudor y el acceso a nueva financiación”, explicó el Ministro Cárdenas.
“La circular empieza a regir a partir del próximo 31 de octubre, fecha en la que se espera que los deudores puedan acercarse a su entidad financiera para tramitar la modificación de sus créditos y espacio para que las entidades puedan determinar los requisitos y condiciones a acordar”, añadió.
De acuerdo al Jefe de la cartera de Hacienda, la medida beneficiará a 594 mil créditos que se encuentran en mora, de acuerdo a su modalidad. Para productos comerciales o de vivienda crediticia, aquellos que no superan los 90 días de mora y de consumo o microcréditos con mora inferior a 60 días.
Se ha identificado que hay 594 mil créditos en mora que podrían ser beneficiarios con esta figura. 21.507 créditos comerciales y 44.472 de vivienda que tienen moras que no exceden los 90 días. Para el caso de créditos de consumo hay 347.000 y en microcrédito 180.000 que tienen mora inferior a 60 días”, explicó Cárdenas
“Estas personas podrán ir al banco y pedir una modificación del crédito ya sea una ampliación del plazo o una disminución de la tasa de interés, que no contará como una restructuración de la deuda”, agregó el titular de la cartera de Hacienda.
Por su parte, el Superintendente Castaño aclaró que con esta medida que permite la modificación de las condiciones del crédito no se alterará ni borrará el historial crediticio de los ahorradores.
“Si el deudor ya incurrió en mora y ésta ya fue reportada a las centrales de riesgo, su reporte permanecerá en los tiempos determinados por la Ley. Su historial no será borrado. Si incumple el nuevo acuerdo de pagos definido con la entidad, automáticamente será catalogado como un crédito reestructurado con los correspondientes efectos que esto tiene”, dijo.
Las personas que soliciten la modificación de las condiciones del crédito originalmente pactadas, podrán realizar la petición ante la entidad financiera en la que posean el producto, siempre y cuando durante los últimos seis meses la obligación no haya alcanzado una mora consecutiva mayor a 60 días para microcrédito y consumo y 90 días para comercial y vivienda.
El Superintendente Financiero de Colombia, Jorge Castaño, aclaró de igual forma que el acuerdo al que llegue la entidad y el deudor, deberá reflejar la realidad de sus condiciones económicas de éste con el fin de que se pueda cumplir el compromiso pactado.
“Cada entidad financiera evaluará la nueva realidad económica del deudor para adoptar una decisión frente a las condiciones de la obligación; por esa razón, pensar en incumplir con los pagos de la deuda para obtener una modificación no es una buena opción, pues no se asegura que la entidad vigilada modifique las condiciones en todos los casos. No es un derecho automático”, aseguró Castaño.
Finalmente, el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, aseguró que esta medida busca lograr acuerdos directos entre los usuarios del sistema financiero y las entidades, para evitar acudir a terceros y mantener la buena cultura de pago de los colombianos.
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