La Superintendencia Financiera emitió la Carta Circular 46 del 15 de julio 2016, la cual tiene como referencia: el Cumplimiento de la Ley 1793 de 2016.
El siguiente es el texto completo de la Carta Circular 46 completo:
Respetados señores:
Como es de su conocimiento, con la expedición de la Ley 1793 de 2016 se dictaron normas en materia de costos de los servicios financieros, como un mecanismo de protección a los consumidores financieros.
En consecuencia, esta Superintendencia reitera el deber que le asiste a las entidades destinatarias de la presente Carta Circular de dar estricto cumplimiento de la citada ley, en particular, en los siguientes aspectos:
1. En cuentas de ahorros sólo podrán cobrar costos financieros y/o transaccionales por los primeros sesenta días de inactividad y/o ausencia de movimientos financieros por parte del usuario;
2. Los clientes podrán disponer de todo el dinero que tienen depositado en sus cuentas de ahorros o depósitos electrónicos, sin tener la obligación de mantener un saldo mínimo;
3. La obligación de reconocer a los usuarios una tasa de interés remuneratoria mínima en todas las cuentas de ahorro, para cualquier nivel de depósito.
Adicionalmente, las entidades destinatarias deberán informar a los consumidores financieros respecto de dichas disposiciones.
Cordialmente,
GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia